Absuelven a dos hombres al descartar su implicación en un punto de venta de drogas en El Ejido
Uno de ellos llevaba solamente cinco días residiendo en el inmueble intervenido

Archivo - Sede del TSJA en Granada.
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha absuelto a dos hombres que habían sido condenados a cuatro años y seis meses de prisión por un delito contra la salud pública relacionado con un punto de venta de drogas desde una vivienda de El Ejido (Almería), al no quedar acreditada su implicación directa en la actividad, y ha confirmado las condenas impuestas a otros dos acusados por estos mismos hechos.
En la misma resolución, el alto tribunal andaluz ha mantenido las penas de cinco años de prisión y multa de 9.000 euros para uno de los condenados, así como de cuatro años y seis meses de cárcel y multa de 8.531 euros para la otra condenada, al apreciar que existió prueba suficiente de que "actuaron de común acuerdo" en la venta de estupefacientes desde la vivienda, donde habían establecido un punto de venta al que acudían terceras personas de forma habitual.
El TSJA ha estimado los recursos de apelación interpuestos por los dos absueltos y ha revocado parcialmente la sentencia dictada en julio de 2025 por la Audiencia Provincial de Almería, al considerar que la mera convivencia en el inmueble y el hallazgo de droga en la habitación que ocupaban no permiten, por sí solos, acreditar una participación activa en los hechos.
La Sala ha subrayado que ninguno de los dos fue observado realizando operaciones de venta durante las vigilancias policiales y ha destacado además que el principal acusado reconoció en el juicio que todas las sustancias intervenidas eran de su propiedad y que él se encargaba de su distribución, lo que generó "serias dudas" sobre la implicación directa de ambos, resueltas a su favor conforme al principio 'in dubio pro reo'.
En el caso de uno de los absueltos, el tribunal ha tenido especialmente en cuenta que solo llevaba cinco días residiendo en el inmueble cuando se practicó la entrada y registro.
Los hechos, declarados probados por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería y asumidos parcialmente por el TSJA, se remontan al menos a enero de 2025, cuando la investigación policial culminó con una entrada y registro en la vivienda, en la que se intervinieron numerosas sustancias estupefacientes y material vinculado a su distribución.
Durante el registro, los agentes localizaron más de 145 gramos de resina de cannabis, además de cocaína y mezclas de cocaína y heroína, así como medicamentos de uso controlado, entre ellos clonazepam, diazepam, metadona y olanzapina, junto a balanzas de precisión, dinero fraccionado y otros efectos habitualmente utilizados para la venta de droga. El valor total de las sustancias intervenidas en el mercado ilícito ascendió a 4.265,91 euros, según los informes periciales incorporados a la causa.
Asimismo, el alto tribunal andaluz ha ratificado que los dos condenados deberán cumplir dos tercios de la pena, acordándose la sustitución del resto por la expulsión del territorio español durante un periodo de diez años, además del decomiso de la droga, el dinero y los efectos intervenidos.