El juez rechaza el recurso y Mena irá a juicio
El alcalde está a cusado de un delito contra los derechos civiles por “ocultar información” al Partido Popular

Rogelio Mena, alcalde de Albox.
El alcalde de Albox y candidato en las próximas elecciones, Rogelio Mena (PSOE), será finalmente enjuiciado en junio acusado de denegar presuntamente de “forma sistemática” información a la oposición con respecto a facturas relativas a tres empresas y diversos expedientes de contratación después de que la Audiencia Provincial haya desestimado el recurso de apelación que interpuso contra el auto que dictó procedimiento abreviado contra él.
El auto de la Sección Segunda avala la decisión adoptada en septiembre de 2014 por el Juzgado de Instrucción 3 de Huércal-Overa y subraya que la resolución “cuenta con suficiente fundamentación para conocer el criterio judicial que llevó al acuerdo y cumple con la necesaria obligación de informar a la parte de la razón que lo sustentaba”, por lo que no aprecia “indefensión alguna”.
Mena se enfrenta, en una vista oral que se va a celebrar en el Juzgado de lo Penal número 1 de Almería, a una petición de dos años y seis meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público por parte de la Fiscalía, que le imputa un supuesto delito contra los derechos cívicos al considerar “que impidió la actividad fiscalizadora” del portavoz del grupo municipal del PP y que así lo hizo “con total conocimiento”.
Aval al juez instructor
En la misma línea resolvió el Juzgado de Instrucción 3 de Huércal-Overa, que ordenó en diciembre la apertura de juicio oral al encontrar indicios racionales de que habría “entorpecido la transparencia en la gestión pública”.
El tribunal de la Sección Segunda argumenta que el auto de procedimiento abreviado “estableció de manera concreta” en sus fundamentos “el lugar donde ocurrieron los hechos procesales, que son descritos de manera suficiente para el conocimiento de la conducta denunciada; la persona presuntamente involucrada, así como el supuesto delito cometido, contra las garantías constitucionales, previsto y penado en el artículo 542 del Código Penal”.
La defensa de Mena sostenía que la resolución adolecía de “falta de motivación, con vulneración del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, por no expresarse los motivos y argumentos en que se basó el instructor para decretar la transtormación de las diligencias previas”.
El fallo, del que es ponente el magistrado José María Contreras, rechaza, asimismo, la pretensión de que se dicte una nueva resolución “revocando la anterior y acordando el sobreseimiento y archivo de la causa” al tiempo que recuerda que la solicitud “no encuentra encaje en la doctrina jurisprudencial”.
Candidato a la alcaldía del PSOE
Antes de que el pasado mes de diciembre el juez de Huércal-Overa ordenara la apertura de juicio oral contra Rogelio Mena, el regidor solicitó la suspensión temporal de su cargo en la Ejecutiva del PSOE-A como secretario de Ideas y Programas para, según argumentó, evitar la instrumentación política que se estaba realizando de un proceso judicial abierto por el PP. Ahora, con fecha definitiva para que se siente en el banquillo, la cuestión es si el PSOE mantendrá a Mena como candidato a la alcaldía de Albox.