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Dos años para anotar las viviendas alegales

Los ayuntamientos deberán identificar este tipo de construcciones de forma previa a su regularización

María Jesús Serrano, consejera de Ordenación del Territorio

María Jesús Serrano, consejera de Ordenación del Territorio

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La modificación legal para regularizar miles de viviendas alegales construidas en parcelaciones incluye también dos disposiciones adicionales dirigidas a reforzar el proceso de identificación de edificaciones en suelo no urbanizable y garantizar el acceso a la información urbanística.


En la primera, se establece que los ayuntamientos deberán iniciar en un plazo de dos años la redacción del avance de planeamiento, instrumento necesario para la identificación de las viviendas y la aplicación del régimen AFO. La segunda, obliga a las corporaciones a responder en un plazo máximo de dos meses a las consultas planteadas por la ciudadanía en relación al régimen urbanístico aplicable a los terrenos y edificaciones en suelo no urbanizable.



Primeros trámites


Cuestionada sobre si cree que los Ayuntamientos esperarán a que pasen los dos años para que sea la Junta de Andalucía la que finalmente haga el inventario de estas viviendas, la consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, María Jesús Serrano, se ha mostrado "convencida" de que las corporaciones locales, pese a que a lo mejor no dispongan de "medios adecuados", serán las "primeras" interesadas en realizar este avance de planeamiento como paso previo a la regularización de las construcciones.



Hasta el momento, según ha detallado Serrano, han sido 271 ayuntamientos andaluces los que han trasladado a la Junta datos sobre estas construcciones en sus respectivos territorios, de los cuales, 163 son declaraciones de innecesariedad, 48 avances en trámites y 60 avances aprobados.


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