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El PP pide la nulidad del fallo del TSJA que revoca la licencia a los Acantilados

El tribunal andaluz considera que las 440 viviendas invaden el área marítimo terrestre

Imagen de archivo de obras realizadas en los acantilados, a la entrada de Aguadulce.tyle>.

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El Ayuntamiento de Roquetas conocía ayer la sentencia del TSJA que anula la licencia de obras concedida a la mercantil Almeragua SL para la promoción de 440 viviendas plurifamiliares en la zona conocida como Acantilados de Aguadulce. Pero aunque se trata de una sentencia firme, su trayectoria judicial no ha acabado aún. El Equipo de Gobierno ha presentado un recurso de nulidad amparado en el artículo 24 de la Constitución Española que garantiza el “derecho a una tutela judicial efectiva”; algo que, para el PP, no se ha dado en este proceso.


Aunque no hubo declaración oficial sobre el fallo del tribunal andaluz, fuentes municipales comentaron que el Ayuntamiento “respeta” la sentencia aunque muestra su “disconformidad”. Recordaron asimismo que el proyecto se mantiene paralizado desde que el TSJA suspendiera cautelarmente la licencia. Lo hizo en 2011 tras el recurso impuesto por la Junta a una sentencia del juez de lo contencioso-administrativo Jesús Rivera que validó la licencia de obras concedida por el equipo de gobierno en 2006.


Imágenes De esta forma, la sentencia del TSJA estima el recurso de apelación que interpuso la Junta contra el acuerdo de pleno por el que se dio vía libre a la construcción en la parcela comprendida entre la avenida Carlos III y la calle Candanchú.


La resolución, contra la que no cabe recurso, anula el Plan Parcial del sector 1 al entender que contraviene el PGOU de Roquetas de Mar, en el que se establecen los usos de superficie construida para edificar viviendas unifamiliares o plurifamiliares, de forma que, según defendía la Junta y estima el tribunal, en la zona no se llega al 60% de edificación  -”ni siquiera a la mitad”, añade- para otorgar una licencia de obras para el tipo de actuación que se pretendía desarrollar.


Además de esto, el tribunal apunta que la actuación invade la zona de servidumbre de protección establecida en la Ley de Costas y además suma otra infracción, puesto que la obra crea una pantalla arquitectónica; lo cual también rechaza la normativa en vigor.


En este sentido, desde el Consistorio también se indica en su recurso que el Alto Tribunal andaluz “da veracidad a unas imagen que no es real” y que “ya se impugnó” en el contencioso anterior, puesto que basa estas infracciones en unas fotografías del terreno afectado que, según la promotora, “no se corresponden con su construcción”.  Pese a ello, el tribunal estima que, en el momento en el que se tomaron, “no hay más obras que la suya”.


Reconstrucción Por su parte, el delegado territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en Almería, José Manuel Ortiz Bono, expresó ayer su “satisfacción” por la sentencia del TSJA, y explicó que la Junta espera que sea el propio Ayuntamiento el que, a la vista del fallo, proceda voluntariamente a recuperar el estado natural de la zona afectada, situada a la salida del municipio roquetero en dirección a Almería por la carretera N340a.


“Con esta sentencia se impide la materialización en primera línea de litoral de un número de viviendas y de edificabilidad por encima de lo legalmente establecido, y asimismo impide la materialización de actos edificatorios que constituyen pantallas visuales prohibidas expresamente por la legislación urbanística y de Costas”, valoró el delegado.


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