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La ordenanza de antenas garantiza la máxima protección para la salud

La ordenanza de antenas garantiza la máxima protección para la salud

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El Área de Gestión de la Ciudad de Roquetas de Mar aprobó en el Pleno del pasado miércoles la nueva ‘Ordenanza municipal reguladora de la instalación y funcionamiento de infraestructuras radioeléctricas’ con el fin de que  la implantación de antenas se realice con todas las garantías urbanísticas, medioambientales y de seguridad y salubridad para todos los ciudadanos del municipio. Concretamente, la nueva ordenanza afecta a las antenas de telefonía móvil así como a aquellas infraestructuras para emitir señales de radio y televisión. También son reguladas las instalaciones radioeléctricas de redes públicas fijas.
Plan de implantación
Para que los servicios municipales evalúen la idoneidad o no de las nuevas instalaciones, las operadoras estarán obligadas a presentar un ‘Plan de implantación’. Dicho plan estará sujeto a unos criteros de elaboración. Entre los más destacados, cabe mencionar que tanto la ubicación como el funcionamiento de las antenas deben minimizar los niveles de exposición del público en general dentro de lo técnicamente posible a la vez que se ofrece un servicio de calidad. Además, se procurará que, en la instalación de una antena en un edificio, la dirección en la cual ésta irradia con más potencia no incida sobre el edificio, terraza o ático. De forma particular, se tendrá cuidado en los niveles de emisión cuando hay cerca espacios sensibles como escuelas, centros de salud, hospitales o parques públicos.
Condiciones
Para no rebasar los límites de exposición y garantizar la máxima protección para la salud, la nueva normativa prohibe instalar antenas en las fachadas de edificios y, cuando se haga sobre la cubierta, se debe reducir el impacto visual sobre la vía pública. Tampoco se podrán colocar sobre monumentos declarados en la Ley de Patrimonio Histórico y se limitarán las antenas en lugares histórico-artísticos, zonas arqueológicas o jardines declarados como bienes de interés cultural.


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