Plataforma exige al PP no recurrir la sentencia por discriminación sexista
El Ayuntamiento fue condenado en 2017 a pagar 80.000 euros a 13 limpiadores municipales

Sesión plenaria en el ayuntamiento de Adra con toda la Corporación Municipal.
El equipo de Gobierno del Consistorio abderitano no se ha quedado de brazos cruzados ante la sentencia del Juzgado de lo Social número 3 de Almería que condenó al Ayuntamiento de Adra por discriminación salarial por razón de género a trece limpiadoras municipales que demandaron al Gobierno local abderitano y a las que tiene que pagar 6.251 euros a cada una. Una decisión que van a recurrir desde el Ayuntamiento y que ha motivado el enfado del grupo de la oposición Plataforma Ciudadana Abderitana que pide al Consistorio que “deje de persistir y exige que no presente recurso a la sentencia”.
Y es que Francisco Fernández Guardia, portavoz de Plataforma, asegura que va a estar muy pendiente de los pasos que van a dar desde el Consistorio en esta cuestión porque “se acaba de abrir el plazo para formalizar el recurso contra la sentencia que supondría un desembolso de 80.000 euros que estarían obligados a depositar en el Juzgado, ya que es la cantidad que les adeudan a las trabajadoras”, un hecho que le parece “una pérdida de tiempo y de dinero”.
No es la primera vez que los grupos de la oposición se manifiestan sobre este tema como ya ocurrió en el último pleno celebrado en el Consistorio donde los partidos reprocharon al equipo de Gobierno del PP la desigualdad de este colectivo dedicado a la limpieza de edificios de competencia municipal.
Debate
Este asunto generó cierto debate y obligó a la oposición a poner sobre la mesa la sentencia que recoge que las trabajadoras percibían en sus retribuciones una cuantía “mucho menor en el complemento específico” en comparación con las de los peones con los que comparten grupo y nivel.
Al ser preguntado por este tema, el concejal de Recursos Humanos, Jesús Rivera detalló que “dentro de una misma categoría profesional pueden existir distintos puestos de trabajo, cuya remuneración depende del tipo de labores que desempeñe el trabajador de forma individual”, un hecho que “no ocurre solamente en el Ayuntamiento de Adra, sino que es lo habitual”. Por este motivo, anunció que presentarían un recurso.
Un hecho que, para Plataforma es una pérdida de tiempo porque “mucho antes de conocer la sentencia, desde nuestro grupo municipal denunciamos públicamente la situación y exigimos al equipo de Gobierno que rectificara inmediatamente semejantes prácticas, que atentan contra derechos fundamentales y suponen, como así lo ha entendido el Juzgado de lo social, una discriminación sexista, que hoy más que nunca resulta intolerable”.
Sentencia
Y es que el fallo es contundente ya que señala que los trabajadores municipales deben cobrar “la misma cantidad que se prevé 225,14 euros al mes”, pero que de las “nóminas de las limpiadoras demandantes se observa que vienen cobrando por este concepto la cantidad de 158,87 euros al mes”.
El juez indicó que “las limpiadoras son todas mujeres, y los operarios peones son todos hombres, habiéndose dado por acreditado que las primeras vienen cobrando 68,27 euros al mes menos que los segundos. Fernández Guardia recuerda que como bien denuncia el sindicato demandante CNT “que el gobierno municipal pretenda seguir explicando” que a este colectivo le corresponden los salarios más bajos, en comparación con las retribuciones de sus compañeros del mismo grupo y funciones análogas no tiene sentido.
De lo que no cabe duda es que la sentencia era clara porque decía que “vistos los hechos, existe un trato discriminatorio para las mujeres con categoría de limpiadora, un puesto ocupado únicamente por el género femenino, lo que supone una conducta catalogable de discriminación indirecta por razón de sexo porque el ente no justifica porqué las limpiadoras tienen que cobrar menos que los peones”. Mientras tanto, habrá que esperar a que el Consistorio presente el recurso.