Condena al alcalde de Huércal por alzamiento de bienes en sociedades familiares

La Audiencia confirma que participó en un vaciamiento patrimonial para no pagar a Hacienda

Audiencia Provincial de Almería.
Audiencia Provincial de Almería. La Voz
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16:40 • 02 mar. 2020

La Audiencia Provincial de Almería ha ratificado el pasado mes de septiembre una condena a seis meses de prisión e inhabilitación a sufragio pasivo al actual alcalde de Huércal de Almería, Ismael Torres Miras, por un delito de alzamiento de bienes en las sociedades familiares para eludir el pago de deudas a la Hacienda Pública. 



Los magistrados de la Sección Segunda rechazan así los recursos que interpusieron los cuatro condenados -también lo fueron el padre, la hermana y el suegro del alcalde- y confirman la sentencia condenatoria que interpuso el Juzgado de lo Penal número 1 de Almería en octubre de 2018. En esencia, los tribunales, en primera y en segunda instancia, dan por probado que participaron en "operaciones de vaciamiento patrimonial de la sociedad Casa Plus [de la que era entonces administrador José Torres, padre del alcalde], titular de las deudas, mediante la conversión en metálico de sus propiedades y posterior retirada de efectivo, ya mediante retirada de dinero en sentido estricto, como mediante la realización de transferencias a favor de las sociedades que integran el grupo familiar o a favor de sus propios miembros o terceros vinculados por lazos afectivos [en referencia al suegro de Ismael Torres]". 



Más concretamente, la sentencia de la Audiencia, que avala las pruebas practicadas en sala por el Juzgado de lo Penal número 1, relata que José Torres, administrador hasta 2011 de Casa Plus, que acumulaba varias deudas a Hacienda por impago de IVA y de Impuesto de Sociedades del año 2004 (casi 80.000 euros), "ante la certeza de que la entidad pública se iba a dirigir contra su patrimonio", realizó varias operaciones de compraventa de propiedades de la propia sociedad, cuyo fruto económico fue a parar -tras satisfacer las hipotecas que aún tenían- a las cuentas de sociedades administradas por sus hijos, que formaban parte del grupo familiar. Por ejemplo, a la de Plus Casa y a la de Super Casa, administradas ambas por Ismael Torres, y de la que también es socia su hermana Sandra Torres. Todas ellas, según las sentencias, pertenecen al "mismo grupo familiar y empresarial". 



"La sociedad Casa Plus, en los dos meses anteriores a que la deuda tributaria pasara a fase ejecutiva, tenía en su cuenta hasta un total de 2.100.000 euros aproximadamente, y tuvieron lugar una serie de salidas de fondos de modo tal que se dejó a la sociedad sin bienes y sin efectivo y a la Hacienda Pública sin modo de cobrar su deuda", señala el fallo de la Audiencia, del que ha sido ponente la magistrada Alejandra Dodero



Según la argumentación que rechaza el recurso del actual alcalde de Huércal, "la participación de Ismael Torres Miras es clara y consta expuesta en la sentencia. Ha sido administrador de Casa Plus y es administrador de Super Casa y Plus Casa, figura como autorizado en las cuentas de las sociedades... Las disposiciones y transferencias de las que ha sido ordenante o beneficiario el acusado, su análisis y relación entre las sociedades y sus miembros, ponen de relieve, sin género de dudas, el ánimo tendencial de vaciar patrimonialmente Casa Plus, eludir el pago de sus deudas tributarias y desviar todo su patrimonio convertido en líquido, a sociedades familiares, con las que pretendían seguir trabajado, o a particulares vinculados afectivamente". 



Las operaciones que se describen en los hechos probados tuvieron lugar en septiembre y diciembre de 2008. Consistieron en la compraventa de sendas fincas, una urbanizable y otra urbana, por importe de 6,2 millones de euros la primera y 270.000 euros la segunda, a la entidad Cajamar y la sociedad del grupo Plus Casa respectivamente. El dinero correspondiente a la primera operación -deducida la hipoteca, e incluyó 992.000 euros en concepto de IVA que nunca se pagaron- se ingresó en una cuenta de Cajamar de la propia sociedad desde la que se ordenaron transferencias y retiradas de efectivo muy elevadas. Los destinatarios fueron Super Casa (409.000 euros), el mismo día de la compraventa, el propio José Torres (992.000 euros), solo tres días después. En diciembre, la cuenta de Ismael Torres recibió dos transferencias que, el mismo día, fueron transferidas a su vez a una cuenta de su suegro. Para el magistrado de lo Penal que firmó la condena en primera instancia, "los hechos se realizaron por los acusados con pleno conocimiento y puestos de común acuerdo, con la certeza de que les iban a reclamar sus impagos y ante el temor de que pudiese ejecutarse la deuda sobre el patrimonio familiar". 



A su vez, la Audiencia, rechaza el argumento de recurso de Ismael Torres de que debía aplicársele la pena en dos grados menos al concurrir en él dos atenuantes, entre ellas la reparación del daño. Sin embargo, recuerdan los magistrados que "lo cierto es que únicamente se ha constituido una hipoteca unilateral a favor de la Hacienda pública en pago de la deuda tributaria sobre una o dos fincas propiedad de una mercantil ajena a los hechos, que, por si sola, no garantiza el pago de la deuda", según dijo el perito de Hacienda en el juicio. 





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