¿Me pueden multar por conducir con chanclas o descalzo?

La DGT nos advierte de ello ante la costumbre de hacerlo en verano

Pedro Lamazares
15:00 • 01 ago. 2023

En verano es muy habitual llevar chanclas o sandalias y conducir con ellas nuestro coche o moto, y en algunos casos hasta descalzo. Pero ello puede ser motivo para ser sancionado por la DGT.



Y aunque la normativa de Tráfico no lo prohíbe expresamente, sí que va en contra de algunos preceptos recogidos en el Reglamento General de Circulación. Lo que significa que, en determinadas circunstancias sí pueden multarnos por conducir con chanclas.




La DGT, dice que el calzado apropiado para conducir es aquel que no resbale de los pedales, que proporcione una buena adherencia entre pie y pedales y que no sea demasiado grande ni pesado, para que no puedan pisarse dos pedales a la vez.



¿Qué dice la Ley?



En el Reglamento de Circulación encontramos varias exigencias generales que se puede aplicar a múltiples casos. Al final la normativa debe ser lo más amplia posible pues no puede recoger todas las situaciones.



Dado que en la normativa no se prohíbe de forma expresa, no nos van a multar sin más por conducir con chanclas, sandalias o descalzos. Pero si nos vemos envueltos en un percance o accidente, sí que podrían hacerlo si el agente considera que el calzado inadecuado ha sido causa del mismo.



De hecho, así se recoge en el Codificado de Sanciones de Tráfico. En el caso de "conducir sin mantener la propia libertad de movimientos", añadiendo: "deberán concretarse los hechos".



Y lo mismo ocurre con el segundo, "conducir sin la diligencia y precaución necesarias", que añade "deberá detallarse la conducta". 


Multas de entre 80 y 200 euros

En caso de que un agente considere que manejamos el vehículo sin mantener la libertad de movimientos, hablamos de una infracción de tipo leve. Se sanciona con 80 euros, que se queda en 40 euros con reducción.


Pero por ejemplo no conducir con la precaución necesaria, o hacerlo negligentemente, se contempla como infracción grave. En este caso, la multa asciende a 200 euros, o 100 euros con reducción.


Sea como fuere, y más allá de las multas, conducir con calzado inapropiado puede provocar un accidente. No cuesta nada cambiarse de calzado si nos vamos a poner al volante tras ir a la playa o incluso si, en cualquier situación, meramente vamos con sandalias que no vayan atadas.




Temas relacionados

para ti

en destaque