Iberia tarda dos años en pagar a un almeriense al que rompió su maleta

El viajero llevaba desde 2018 luchando por la compensación que ha sido de 100 euros

Imagen de archivo de una maleta en un aeropuerto.
Imagen de archivo de una maleta en un aeropuerto. Europa Press
La Voz
20:59 • 18 ago. 2020

Dos años de lucha para lograr los 100 euros que valía la rotura de su maleta que ocasionó Iberia. E.O.G., residente en Almería, contrató un viaje con Iberia con salida de Santa Cruz de la Palma y llegada a Madrid para el 23 de mayo de 2018 con la facturación de una maleta.



Para su sorpresa, cuando llegó al destino observó que su equipaje se encontraba roto, por lo que decidió interponer una reclamación en el propio aeropuerto de la ciudad. Dos años después y tras la actuación de FACUA Almería, la aerolínea Iberia ha indemnizado con 100 euros a un usuario al que rompió la maleta en un vuelo en 2018 después de dos años de reclamaciones.



La asociación aconseja que, en el mismo momento en que recojan el equipaje facturado, los usuarios comprueben que se encuentra en perfecto estado y sin daños. De no ser así, lo más conveniente es dirigirse inmediatamente a los mostradores de la aerolínea con la que se contrató el viaje -o la empresa de handling si la primera no tiene oficinas en el aeropuerto- y pedir el llamado Parte de Irregularidad de Equipaje (PIR, por sus siglas en inglés). Este documento recoge por escrito que existe una incidencia. El PIR es de gran importancia, ya que muchas compañías aéreas no atienden a reclamaciones sobre el equipaje si los usuarios no lo presentan. Por tanto, no se debe abandonar el aeropuerto sin una copia del mismo.



E.O.G. rellenó y entregó dicho PIR a Iberia, sin embargo, pasados tres meses desde que rellenó el PIR, la aerolínea aún no había dado respuesta a la reclamación del usuario, por lo que éste decide acudir a FACUA Almería para que le ayudara y reclamara contra la aerolínea la indemnización de su maleta en su nombre. Así, el equipo jurídico de la asociación se dirigió a Iberia solicitando la compensación a su asociado por la rotura de su equipaje facturado.



La normativa aplicable para reclamar las incidencias relacionadas con el equipaje cuando se trata de vuelos nacionales es la Ley de Navegación Aérea, que establece en el artículo 98 que "el transportista responderá únicamente de la pérdida, sustracción o deterioro del equipaje que se le haya entregado para su custodia".



Tras dos años de reclamaciones en los que la aerolínea no dada ninguna respuesta, Iberia comunicó en abril de 2020 que procedería "a abonarle la cantidad de 100 euros como resolución a su caso", "en un plazo de 10 días hábiles". No obstante, fue necesaria la actuación de nuevo de FACUA Almería instando al pago para que finalmente, a primeros de junio, la aerolínea efectuase el ingreso de la cantidad acordada.





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