Rebajan a cinco años de cárcel la pena a un patrón de patera al ver una duplicación de agravantes
El condenadopilotó una embarcación con 16 inmigrantes desde las costas de Argelia

Archivo - Sede TSJA en Granada
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado de seis a cinco años de prisión la pena a un patrón de patera que pilotó una embarcación con 16 inmigrantes desde la costa de Argelia al considerar que se produjo una "doble valoración" de los factores de agravaban la pena la distinguir entre la falta de seguridad y el riesgo vital que la travesía entrañó para los ocupantes.
En su sentencia, la Sala de Apelación apunta que ambas condiciones fueron tenidas en cuenta por separado a la hora de fijar, de forma agravada, la condena ante un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros cuando de forma conjunta conforman la descripción del delito en sí.
"Solo cabría ponderarlas si el peligro superara con claridad el umbral típico y la sentencia no hace referencia a ello", explica el alto tribunal andaluz, que estima parcialmente el recurso de la defensa a la hora de establecer una nueva pena "más proporcionada".
El tribunal mantiene el resto de pronunciamientos de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial y rechaza cualquier tipo de vulneración de derechos por el uso de un testigo protegido durante el juicio, quien narró lo sucedido durante la travesía que tuvo lugar en junio de 2021.
El acusado, de 28 años en el momento de los hechos, tomó los mandos de una patera que partió de las costas de Orán (Argelia) con destino a España con 16 inmigrantes a bordo de una embarcación de fibra de cinco metros de eslora equipada con un motor de 115 caballos.
Así, la patera fue interceptada por la Guardia Civil sobre las 5,25 horas con todos sus ocupantes a bordo a unas 4,8 millas náuticas al sureste de San José. En el viaje realizado se puso en peligro la vida e integridad de todos los que viajaron en la patera, que no reunía las condiciones mínimas de seguridad.