Condenado a dos años y medio de cárcel un conductor ebrio por un accidente mortal en Fines
Provocó la muerte de uno de los otros tres ocupantes del vehículo

Archivo - Audiencia Provincial de Almería.
La Audiencia Provincial de Almería ha confirmado una condena de dos años y medio de prisión para un conductor que en julio de 2021 circulaba bajo los efectos del alcohol y sufrió un accidente tras salirse de la vía en Fines (Almería), lo que provocó la muerte de uno de los otros tres ocupantes del vehículo.
El tribunal confirma la sentencia emitida por una juez de lo Penal por un delito de homicidio por imprudencia grave y un delito contra la seguridad vial por conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, por lo que también le priva de poder conducir vehículos a motor por un periodo de tres años y seis meses.
La sentencia, consultada por Europa Press, incide en que la muerte de una persona debido a la conducción de un vehículo bajo los efectos del alcohol se entiende como una imprudencia grave más allá de que la víctima llevara puesto o no el cinturón de seguridad. "Tal omisión no fue la causa del accidente, ni influyó en él de ningún modo", expone el tribunal.
La sentencia de origen dio por probado que sobre las 22,20 horas del 4 de julio de 2021 el acusado conducía bajo los efectos del alcohol por la carretera A-334 en el término municipal de Fines (Almería) acompañado por otras tres personas, entre ellas una pareja que iba enzarzada en una discusión.
El hombre, que se había sacado el carné apenas tres meses atrás, perdió el control del vehículo en un momento dado y se salió de la vía por su margen derecho, dando un vuelco de campana.
Como consecuencia de los hechos, falleció uno de los ocupantes de 21 años de edad a causa de un traumatismo craneoencefálico severo, ya que viajaba en el asiento trasero derecho del vehículo sin cinturón de seguridad.
El conductor, que fue sometido a las pruebas de alcohol, dio positivo con 0,69 miligramos por litro de aire espirado a las 23,17 horas y de 0,68 miligramos por litro de aire espirado a las 23,31 horas, de forma superaba los límites máximos permitidos por la normativa sobre seguridad vial.
La sentencia absuelve a la copiloto del vehículo al no considerar probado que el marco de la discusión con su novio, quien iba en un asiento trasero, "girara brusca y repentinamente el volante hacia la derecha" y con ello provocara la salida del vehículo de la vía.