170 solicitudes para veladores en la capital
Ya ha comenzado el tiempo para montar las terrazas sobre tarima entre mayo y octubre

Imagen de una terraza ubicada en la capital almeriense.
El buen tiempo de la ciudad de Almería colabora en la puesta en marcha de las tradicionales terrazas y veladores. Según explican desde la Gerencia de Urbanismo han sido 170 las solicitudes presentadas hasta el momento para poner en marcha una terraza en la capital, siendo en la mayoría de los casos una renovación de la licencia con la que ya contaban el pasado año. De hecho, los datos que manejan en el Ayuntamiento con respecto al año 2015 sitúan en 258 las solicitudes de licencia presentadas, frente a las 277 que se habían pedido en 2014.
Y es que Almería es precisamente tierra de terrazas, y a pesar de que a través de la Mesa de Ruido se están estudiando las licencias que se dan para que sean compatibles con el descanso de los vecinos, lo cierto es que sigue habiendo bastante interés en los veladores. Tarimas Precisamente un segmento que va en aumento, y del que ya se han solicitado una media decena, son las tarimas en zonas de aparcamiento entre el 1 de mayo y el 31 de octubre. Durante 2015 se solicitaron un total de 25 permisos para terrazas de este tipo, y de momento, los que ya han presentado o su renovación o petición nueva, ya están procediendo a colocar este nuevo tipo de terraza.
Cabe recordar que fue en el año 2014 cuando el Ayuntamiento de Almería, después de la petición de la Asociación de Hosteleros de Almería (Ashal) y de que incluso presentara un informe técnico sobre la propuesta, abogara por apoyar esta medida que revitaliza el sector en la ciudad. El ámbito temporal de autorización para estos elementos será del 1 de mayo al 31 de octubre, quedando obligado el titular de la licencia a la retirada de la instalación fuera de ese periodo y restituir el espacio para su uso anterior de aparcamiento.
Además, su autorización requerirá el necesario informe de viabilidad por parte del área competente en materia de tráfico, con mención expresa de los condicionamientos que puedan afectar a la terraza en relación con las dimensiones máximas autorizables, las medidas de señalización y otras condiciones especiales que hubiera que adoptar para garantizar la adecuada circulación de vehículos y el tránsito peatonal. En calles con aparcamiento en línea, la longitud máxima de la terraza será de 15 metros, siendo de 7,5 metros en el caso de que las calles dispongan de aparcamiento