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Almería

Reducen la pena por abusos porque el acusado no sabía que la joven era Asperger

El Alto Tribunal andaluz dicta la sentencia de siete años de cárcel para un hombre de Garrucha

Audiencia Provincial de Almería

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Javier Pajarón
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La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) rebaja la condena de prisión para un varón identificado como M. C. Z. acusado de abusar sexualmente de una joven con síndrome de Asperger en un gimnasio del municipio de Garrucha en 2016. El tribunal reduce la pena de ocho años y medio a siete años de cárcel tras estimar parcialmente el recurso presentado por la letrada de la defensa, la penalista Mónica Moya.

El acusado aprovechó un momento en el que la víctima estaba sola en una sala de spinning de la instalación deportiva, agarró a la chica por la espalda y le realizó tocamientos, según la sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Almería.

El TSJA mantiene esencialmente los hechos probados de la sentencia, pero introduce un matiz que supone una reducción de la condena para el acusado. Según  la resolución del Alto Tribunal andaluz, cuyo ponente es el magistrado Juan Ruiz-Rico, existen dudas razonables de que M. C. Z. conociera el síndrome de la víctima.


 “Ciertamente el tipo delictivo por el que ha sido condenado el recurrente requiere que el sujeto se aproveche del trastorno mental que sufre la víctima; es preciso, por tanto, que el sujeto pueda percatarse de la existencia de ese déficit intelectual, que no siempre es fácil percibir para personas profanas en el campo de la psiquiatría o de la psicología”, señala el documento.


“La víctima tenía unos 21 años de edad y presentaba un síndrome Asperger leve con trastornos de comunicación social”, añade el TSJA. Según la Audiencia Provincial de Almería, la víctima era “una persona ingenua y especialmente vulnerable al no tener capacidad de reacción ante situaciones conflictivas, quedando bloqueada”.

Sin consentimiento

Sin embargo, el tribunal recalca que existían dificultades para detectar la situación de la víctima. La resolución recuerda que la propia víctima indicó que llevaba una vida absolutamente normal y que testigos que conocían a la víctima de pequeña no conocían que padeciera dicho trastorno por lo que, concluye, “el síndrome puede pasar desapercibido al inicio de una conversación”.


El TSJA mantiene la condena de nueve años de libertad vigilada y la indemnización de 15.000 euros por los daños morales acusados a la víctima de los abusos sexuales. La sentencia destaca que en ningún momento existió consentimiento por parte de la joven.

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