Los 110.000 pensionistas de Almería podrán cobrar antes la extra de Navidad

La mayor parte de las entidades anticipan al día 24 y 25 de noviembre la paga de los jubilados

Una oficina de Cajamar en el Paseo de Almería.
Una oficina de Cajamar en el Paseo de Almería.
Manuel León
10:41 • 17 nov. 2022

Los más de cien mil pensionistas con los que cuenta la provincia podrán empezar a percibir la paga extra de Navidad a partir del próximo 24 y 25 de noviembre, según la entidad bancaria en la que tengan domiciliada la pensión, junto a la ordinaria de todos los meses que es de la misma cuantía. Se trata de una consideración que se ha ido generalizando en el sistema financiero español, que adelanta unos días el pago con relación al  día que hace el ingreso la Seguridad Social.



A las pagas extraordinarias tienen derecho tanto los pensionistas contributivos como los no contributivos y el importe de cada una es idéntico al de una mensualidad ordinaria.



Según establece la Seguridad Social en su normativa de gestión de pago a pensionistas, el abono de la pensión debe figurar en la cuenta de los perceptores o a disposición del beneficiario en la entidad financiera colaboradora el primer día hábil del mes en que se realiza el pago y, en todo caso, antes del cuarto día natural del mismo”.



Pero como viene siendo habitual y como parte de la política comercial de las entidades financieras, la banca continuará con sus respectivas políticas de anticipar el desembolso de las nóminas. La mayor parte de  los bancos pagarán el día 25  (Cajamar, Kutxabank, BBVA, Unicaja, Ibercaja ING) y el Santander y CaixaBank, que lo harán el día 24.



Cajamar abonará la pensión a sus clientes que lo hayan solicitado previamente el viernes día 25 de noviembre. Como norma general,  la entidad almeriense ofrece a los clientes que mantenga su pensión domiciliada en la entidad, la posibilidad de  anticipar al día 25 de cada mes el ingreso de sus pensiones. Un anticipo que pueden formalizar tanto en oficinas como en cajeros o banca electrónica, pero que tienen que solicitar expresamente al menos una vez al año. 



La pensión de jubilación se cobra en mensualidades vencidas, cuyo importe total anual se divide en 14 pagas. Pero no todas las pensiones tienen paga extra: tal es el caso de las pensiones de incapacidad permanente derivadas de accidente laboral o enfermedad profesional.



 En este caso, la pensión se percibe solo en 12 pagas mensuales ordinarias, con las pagas extras prorrateadas en ellas, es decir, no cuentan con ellas, pero la paga mensual es un poco mayor. 




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