Consulta todo lo que puedes hacer y lo que no en el nuevo estado de alarma

Ha entrado en vigor este domingo con la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE)

Es una cogobernanza entre las diferentes CCAA y el Gobierno.
Es una cogobernanza entre las diferentes CCAA y el Gobierno. Europa Press
Europa Press
21:46 • 25 oct. 2020

El estado de alarma ha entrado en vigor unos minutos antes de las 18.30 horas con la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del real decreto aprobado este domingo por el Gobierno en un consejo de ministro extraordianario.



Este estado de alarma implanta un confinamiento nocturno en toda España, menos en Canarias, entre las 23 horas y las 6.00, con un margen de una hora tanto por la noche como por la mañana, modulable por las comunidades autónomas.



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El decreto aprobado este domingo concede a los presidentes autonómicos ser la autoridad delegada en sus comunidades, y les permite además confinar total o parcialmente sus territorios. Asimismo, se establece que el espacio de cogobernanza entre las diferentes CCAA, y donde se detallarán nuevas medidas o se modularán las actuales, será el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS).



El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha pedido apoyo al PP para prorrogarlo esta misma semana en el Congreso durante seis meses, hasta el 9 de mayo.



El decreto fija un confinamiento nocturno (al que el presidente ha pedido no llamar "toque de queda", por sus connotaciones negativas), que será obligatorio en toda España menos en Canarias, y que va desde las 23.00 horas hasta las seis de la madrugada.



No obstante, da la posibilidad a las comunidades de modular esta franja, adelantándola a las 22.00 horas y retrasándola hasta las doce de la noche. También lo pueden modificar para que finalice a las cinco o las siete de la madrugada.



Las comunidades autónomas podrán levantar a partir del 9 de noviembre, en función de cómo evolucione su situación epidemiológica, el toque de queda nocturno.


Las comunidades podrán cerrar su territorio

En segundo lugar, concede a las comunidades la posibilidad de limitar la entrada y salida de sus territorio, es decir, el cierre perimetral del conjunto de la región o una parte de su territorio, aunque habrá también excepciones como asistencia a centros sanitarios, acudir a centros educativos o razones labores, entre otras.


El tercer aspecto destacable es la prohibición de reuniones de más seis personas, como ya está ocurriendo en muchas autonomías pues, tal y como ha avisado, es fundamental limitar el contacto entre personas para reducir los contagios.


Y por último, plantea la necesidad de prolongar estas medidas durante seis meses, para dar respuesta estable y efectiva en la lucha contra el virus. Según ha explicado, es el plazo que aconsejan los expertos para superar no solo esta segunda ola, sino la etapa "más dañina" del Covid.


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