Absuelto porque las 62 plantas de marihuana eran “acopio para todo el año”

El tribunal absuelve a un vecino de Sorbas porque era autoconsumo y no ocultó el cultivo

Plantas de marihuana, en una imagen de archivo
Plantas de marihuana, en una imagen de archivo La Voz
Javier Pajarón
21:13 • 15 nov. 2022

El Juzgado de lo Penal número Dos de Almería ha absuelto a un vecino de Sorbas acusado de cultivar 62 plantas de marihuana en una propiedad en la barriada de La Huelga. El acusado nunca negó la propiedad de las plantas de cannabis y tampoco las tenía especialmente ocultas ni protegidas. De hecho, los agentes de la Guardia Civil las descubrió cuando investigaban un robo de ganado.




La clave está en el uso. El tribunal acoge la versión prestada por J., defendido por el letrado Marcelo Quílez, y considera que no hay pruebas para acreditar que la droga estuviera destinada a la venta a terceros. El acusado, ahora absuelto, aseguró que la plantación era exclusivamente para su autoconsumo y que solo cultivaba en los meses de verano para poder tener marihuana para el resto del año.



La sentencia a la que ha tenido acceso LA VOZ DE ALMERÍA ahonda en esta explicación. “El acusado sin cuestionar dicha posesión, niega de forma rotunda haber cultivado tales plantas para destinarlas a terceros, manifestando que las cultiva para su propio consumo, poseyendo tantas plantas porque solo se cultivan en verano y hace acopio para todo el año, dándole cada planta unos 15 ó 20 gramos”.




La Guardia Civil localizó en la finca 62 matas en distintos procesos de crecimiento y floración, en una intervención realizada en junio de 2020. La marihuana tenía un peso neto (seco) de 900 gramos y un porcentaje de THC relativamente bajo para los habituales decomisos de esta droga en la provincia de Almería. Separada en varias partidas, dio una horquilla entre 1,61 por ciento y 3,88 por ciento.

Sin pruebas



La titular del Juzgado de lo Penal número Dos de Almería asegura que no había indicios de narcotráfico, a pesar de que la droga era de por sí una cantidad importante.  “Debe destacarse que la Guardia Civil se personó en el cortijo el día antes por otro tema, relacionado con un robo de ganado, y descubrió las plantas, no siendo sino hasta el día siguiente cuando fueron a retirarlas”, continúa la sentencia.




“También es destacable que no se hayan encontrado en el lugar útiles aptos para el de desarrollo y cuidado de dichas plantas ni para la transmisión a terceros de la sustancia estupefaciente. Tampoco tenía constancia la Guardia Civil de que en dicho lugar se vendiera droga, pues nunca les ha llegado noticias al respecto”.




La Fiscalía solicitó en su escrito de acusación una pena de prisión por un delito contra la salud pública. El tribunal entiende, en cambio, que la prueba de cargo practicada no ha sido suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia.




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