El recibo del IBI bajará en Almería capital

Luis Rogelio Rodríguez Comendador
01:00 • 08 jun. 2014

Desde el primer momento en que accedí al Gobierno Municipal ha sido una prioridad para el Equipo de Gobierno que presido mantener una presión fiscal contenida. Esto no ha sido posible en el caso del IBI como consecuencia de la ponencia valores de 2008, que incrementó desmesuradamente el valor catastral de la vivienda. Insistiendo en los altos valores catastrales de los inmuebles de la capital, el Ayuntamiento de Almería ha venido aplicando fórmulas para reducir esa carga y actuando sobre la única herramienta a su disposición, el tipo de gravamen, disminuyéndolo hasta en seis ocasiones (del 0,755 se ha pasado al 0,47) hasta situarlo en unos porcentajes cercanos al mínimo permitido por Ley (0,4). El Ayuntamiento ha tratado de mantener constante el recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) sin que al ciudadano se le trasladase el incremento del 10% de la base liquidable, como consecuencia de la nueva ponencia de valores. De otra forma, el contribuyente hubiera visto incrementado su recibo en un 10%, año tras año, hasta 2018.  Todas estas medidas se traducen, en suma, en una rebaja en el recibo del IBI en el presente ejercicio, recibos que, de acuerdo con el calendario fiscal, se ponen al cobro este mes. Esto significa que, cumpliendo con nuestro compromiso y como habíamos anunciado, en este año el Impuesto de Bienes Inmuebles se verá reducido entre un 1% y un 15%. De media, en torno a un 8,5 %, aproximadamente unos 25 euros. Esta cifra no es absoluta. En algunos casos, será más. En otros, será menos. Dependerá de la variación que experimentó el valor catastral de su vivienda en la ponencia de 2008. Quiero subrayar e insistir en la importancia de la disminución del valor catastral a la que se acoge este ayuntamiento, del 27%, que no una reducción sobre el recibo del IBI en ese porcentaje, y lo que pueda representar esa disminución sobre otros tributos, como la declaración de la renta,  plusvalía, transmisiones, sucesiones o  patrimonio. 


Igualmente, tal y como nos comprometimos, en los meses próximos vamos a proceder a la devolución del exceso de IBI cobrado de más durante los ejercicios 2010, 2011, 2012 y 2013. Como explicamos entonces la devolución se llevará a cabo por compensación con el recibo del presente ejercicio, lo que supondrá que disminuirá el importe a pagar en la cuantía de la devolución a la que tenga derecho, con sus correspondientes intereses de demora. Debo advertir sobre este punto que dicha compensación se va a realizar de oficio y de forma masiva por parte del Ayuntamiento, existiendo determinadas circunstancias en las que no va a ser posible su aplicación, tal es el caso de aquellos que hayan experimentado cualquier tipo de alteración catastral durante estos últimos 4 años o aquellos que tengan algún recibo de IBI pendientes de pago durante este periodo.







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