Dalías

Este pueblo bonifica por instalar energía solar o ser vivienda turística

Reducirá considerablemente el pago de diferentes impuestos a los contribuyentes

Imagen de archivo de Dalías.
Imagen de archivo de Dalías.
Francisco G. Luque
12:02 • 01 mar. 2023

Con el objetivo de fomentar el gasto responsable de energía y, por otro lado, de dar un empujón al sector turístico del municipio, el Ayuntamiento de Dalías ha dado luz verde recientemente en Pleno a una propuesta presentada por el Equipo de Gobierno en la que se plantea la bonificación de hasta un 50% en la cuota íntegra del impuesto por la instalación de sistemas de aprovechamiento técnico o eléctrico de la energía proveniente del sol y de un 95% del Impuesto de Bienes Inmuebles para viviendas que sean alojamientos turísticos



Estas medidas, sujetas a sus correspondiente requisitos, parten de la necesidad de fortalecer la protección del medio ambiente, promoviendo el autoconsumo entre los vecinos, además de animar a que muchos de ellos decidan usar sus viviendas vacías a uso turístico. Y es que en este pueblo del Poniente almeriense, según confirma en un comunicado su propio alcalde, Francisco Lirola, "existe un déficit de plazas para pernoctar". En este sentido, no hay que olvidar que Dalías recibe, sobre todo durante las celebraciones del Cristo de la Luz, a miles de personas cada año en peregrinación



El regidor daliense, además de dar facilidades a los vecinos, espera que estas medidas, sobre todo la que bonifica el 95% del IBI, sea "un incentivo para que las empresas inviertan en turismo en el municipio", ya sean locales o foráneas.



Requisitos



La bonificación de energía solar tendrá una duración máxima de cinco años, a contar desde el período impositivo siguiente al de la fecha en la que se acredite la puesta en funcionamiento de la instalación, mientras que la relacionada con los alojamientos turísticos tendrá una duración máxima de diez años, a contar desde el período impositivo siguiente al de la fecha en la que se acredite la puesta en funcionamiento de la actividad. Esta última está destinada para las edificaciones que consten inscritas en el Registro de Viviendas Turísticas de Andalucía.



Para que resulte aplicable la bonificación, como requisito previo, es necesario que la edificación sea conforme con el planeamiento urbanístico de aplicación y haya obtenido la correspondiente autorización de actividad en su caso o título habilitante que legitime la misma. No se concederá respecto de aquellos inmuebles en situación irregular o sobre los que se haya instruido expediente de disciplina urbanística.



En ambos casos, la deducción fiscal es incompatible con otras bonificaciones en el impuesto de bienes inmuebles, en caso de concurrencia con otras se aplicará la más beneficiosa para el contribuyente.




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