El juez deniega medidas cautelares municipales para el Castillo de San Pedro

Recuerda que la competencia para un inmueble protegido es de la Junta de Andalucía

Aspecto del Castillo de San Pedro, prácticamente derruido,e;cli
Aspecto del Castillo de San Pedro, prácticamente derruido,e;cli
Eva de la Torre
21:05 • 10 feb. 2014

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Almería ha denegado la medida cautelar pedida contra el Ayuntamiento de Níjar para que actuase en el Castillo de San Pedro y evitar así que se venga abajo.

La Asociación Amigos del Parque interpuso un recurso contencioso administrativo “frente a la inactividad el Ayuntamiento de Níjar” en relación al Castillo de San Pedro, en Níjar, un edifico que está catalogado como Bien de Interés Cultural (BIC) por la Junta de Andalucía. Además, Amigos del Parque solicitó la adopción de una medida cautelar que obligase al Ayuntamiento de Níjar a cumplir “con sus obligaciones legales en materia de disciplina urbanística, en conservación y promoción del patrimonio histórico del Castillo de San Pedro”.




Doctrina del TSJA

El auto del juez, de fecha de 23 de enero y notificado a las partes el pasado 28 de enero, deniega la medida cautelar solicitada por Amigos del Parque y, entre los argumentos jurídicos esgrimidos, señala que es de aplicación la doctrina sentada por el propio TSJA en la sentencia de diciembre de 2013 sobre la protección del Cortijo del Fraile.

Según este fallo del TSJA, que revocaba la medida cautelar acordada por el Juzgado nº 1 de Almería en relación al Cortijo del Fraile y el Ayuntamiento de Níjar, “la Corporación demandada tiene vedada legalmente la posibilidad de llevar a cabo actuaciones de ejecución de obras de cualquier tipo sobre bienes que han sido catalogados como Bienes de Interés Cultural; correspondiendo a la Junta de Andalucía, según el tenor de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, de Patrimonio Histórico de Andalucía, las medidas de conservación, mantenimiento y custodia”.

Un BIC declarado ya en ruina

Nada más comenzar el año se supo que el Ayuntamiento de Níjar había declarado en ruina el Castillo, catalogado BIC desde 1985, y daba 15 días a la propiedad para que acometiera medidas cautelares de seguridad.

El propietario presentó las alegaciones oportunas y en ellas arguye que el Consistorio no tiene competencia con respecto a la conservación y mantenimiento del BIC y que esta pertenecen a la Junta andaluza.










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