La Junta atiende en una guía dudas y consultas del sector comercial

Están surgiendo en dicho sector como consecuencia del actual estado de alarma

Reponiendo en un supermercado durante el tercer día laborable desde que se decretó el estado de alarma a consecuencia del coronavirus
Reponiendo en un supermercado durante el tercer día laborable desde que se decretó el estado de alarma a consecuencia del coronavirus La Voz
La Voz
14:45 • 05 abr. 2020

La Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad de la Junta de Andalucía ha elaborado un documento de preguntas y respuestas en materia de comercio con la que se pretende "despejar las principales dudas y consultas" que están surgiendo en dicho sector como consecuencia del actual estado de alarma decretado por el Gobierno central a causa de la crisis sanitaria del coronavirus Covid-19.  Así lo ha dado a conocer este domingo la Consejería en un comunicado en el que recuerda que el servicio que prestan los establecimientos comerciales de alimentación y los de productos y bienes de primera necesidad es una de las escasas actividades económicas autorizadas por su carácter esencial para el abastecimiento de la población en este periodo de confinamiento y restricción de la movilidad. 



De ahí que gran parte de la guía se centre, por un lado, en ofrecer una información "clara y precisa" sobre el propio desarrollo de la actividad comercial en sus diferentes modalidades y, por otro, en dar las recomendaciones "más adecuadas que se han de seguir para garantizar la seguridad del personal y de los clientes".  No obstante, el documento también aborda otros aspectos relevantes, como las ayudas públicas disponibles para el comercio y autónomos o las medidas laborales a las que se pueden acoger las pymes del sector. 



En lo que respecta al desarrollo de la actividad, la guía establece que, con carácter general, está suspendida la de carácter minorista en toda Andalucía, a excepción de los establecimientos comerciales de alimentación, productos y bienes de primera necesidad, entre los que se incluyen los de tipo farmacéuticos, sanitarios, centros o clínicas veterinarias, ópticas y productos ortopédicos, productos higiénicos, prensa y papelería, combustible para la automoción, estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones.  También, alimentos para animales de compañía, comercio por internet, telefónico o correspondencia, tintorerías, lavanderías y el ejercicio profesional de la actividad de peluquería a domicilio. Igualmente, el documento aclara que no se ha fijado un horario especial en las actuales circunstancias y el régimen sigue siendo el que recoge en la Ley de Comercio Interior de Andalucía, que determina que el horario de apertura y cierre en días laborables y en domingos y festivos autorizados será libremente acordado por cada comerciante, respetando el límite fijado de 90 horas a la semana.






Venta online y horarios comerciales en Semana Santa



Asimismo, la Consejería de Economía incide en que durante la vigencia del estado de alarma está permitida la venta 'online' a todos los comercios, sin distinción alguna y que las entregas deberán cumplir las recomendaciones de protección dictadas en cuanto a distancia o uso de guantes, entre otras.  Otro aspecto recogido en la guía hace alusión a la autorización, por parte de la Junta de Andalucía, durante los domingos y festivos en los que no esté autorizada la actividad, de la prestación del servicio comercial conocido como 'Click and Collect' o 'Click and Car'.  Esta modalidad permite las entregas físicas de pedidos derivadas de la compra 'online' para aquellos establecimientos comerciales minoristas de alimentación y de productos y bienes de primera necesidad que mantienen su servicio durante el confinamiento y que no tienen libertad horaria de apertura de acuerdo con la Ley de Comercio Interior de Andalucía, que la prevé para las superficies con dimensiones inferiores a los 300 metros cuadrados.  Para dar esa prestación los domingos y festivos, según informa la Junta, los comercios deberán permanecer cerrados al público, a excepción de esos servicios de recogida de la compra en las zonas habilitadas para ello, que son áreas dentro del propio establecimiento o plazas de aparcamiento. Además, se tendrá que desarrollar "siempre observando las medidas de salud e higiene entre empleado y cliente". 



Por otro lado, en Semana Santa, el documento de preguntas y respuestas informa que el Gobierno andaluz ha autorizado que los comercios de alimentación y los de productos y bienes de primera necesidad puedan abrir también los días 9 y 10 de abril, Jueves y Viernes Santo.  Esta medida se ha adoptado al considerar que, "en las condiciones excepcionales de confinamiento al que está sometida la población, la demanda de este tipo de servicios y productos en Andalucía durante la Semana Santa será similar a la de las semanas precedentes en las que también han estado vigentes las restricciones de movimiento".



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