Condenado a 8 años de cárcel por tocamientos a dos hijas menores

El tribunal mantiene la absolución del acusado, residente en Níjar, por abusos a una tercera hija

Ciudad de la Justicia de Almería.
Ciudad de la Justicia de Almería.
Javier Pajarón
13:56 • 24 feb. 2018

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha confirmado una condena de ocho años de prisión para un vecino de la localidad de la Comarca de Níjar acusado de abusar sexualmente de dos hijas menores de edad.




El TS desestima el recurso de casación presentado por el acusado y ratifica el pronunciamiento de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería por dos delitos de abuso sexual.




Los hechos probados describen tocamientos a dos niñas de 9 y 11 años de edad en la vivienda familiar en la Comarca de Níjar en el verano de 2014. El acusado aprovechó la ausencia de su esposa para “manosear” a las menores “por encima de la ropa” mientras intentaban dormir, según indica el tribunal.




El TS desestima el recurso de casación y apoya las pruebas de cargo. El informe de las psicólogas de la Fundación Márgenes y Vínculos, especializada en el análisis de víctimas de violencia sexual de corta edad, manifiesta que el relato de las menores “puede catalogarse como probablemente creíble”.




“Las menores, fundamentalmente la mayor de ellas, aportaron a las profesionales que la examinaron un relato coherente, consistente y proporcionando muchos detalles acerca de lo ocurrido y sus respuestas emocionales, conductuales y fisiológicas eran compatibles con las viviendas de abuso sexual”, señala el auto firmado por el magistrado Manuel Marchena.




La defensa señaló que las menores no fueron advertidas de su derecho a no declarar contra su propio padre. Sin embargo, el TS es “enérgico” en su rechazo a este planteamiento. Apela a la protección de las víctimas durante el proceso judicial y a la “inmadurez detectada en las menores”.




Absuelto de otro delito
El acusado negó cualquier abuso sexual a sus hijas. La Audiencia Provincial de Almería consideró probados los tocamientos a dos de ellas, aunque absolvió al procesado de un delito de agresión sexual sobre una tercera hija, algo mayor que las anteriores.




Ésta se acogió a su derecho a no declarar durante la celebración del juicio oral, ya que en ese momento había cumplido la mayoría de edad. Se eliminó, entonces, las peticiones de la acusación particular sobre estos supuestos hechos y el procesado evitó una condena sustancialmente más elevada.


El Alto Tribunal condena a este vecino de una pedanía de la Comarca de Níjar a cumplir cuatro años de cárcel por cada uno de los delitos de abusos sexuales y a pagar una indemnización de 6.000 euros por los daños morales ocasionados a las víctimas, acreditados en un informe pericial de psicólogas especialistas en menores de edad. 



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