Roquetas de Mar

La Audiencia avala el archivo de la causa contra Gabriel Amat

Los magistrados reprochan al fiscal y a la acusación que no concreten qué quieren investigar

La sección segunda de la Audiencia Provincial ha visto el recurso.
La sección segunda de la Audiencia Provincial ha visto el recurso. La Voz
La Voz
11:12 • 18 feb. 2020

El archivo de la investigación a 22 sociedades del alcalde de Roquetas, Gabriel Amat, por “presuntas irregularidades” no especificadas, ordenado en mayo de 2019 por la juez de Primera Instancia e Instrucción de Roquetas,  fue un acto “fundamentado, detallado y correcto”.




Los magistrados de la sección segunda de la Audiencia Provincial que han decidido sobre los recursos del Ministerio Fiscal y de la acusación particular -ejercida por el PSOE- contra el auto de archivo provisional de una causa que se abrió en 2012 han rechazado de forma tajante los argumentos de ambos acusadores y avalan la decisión de la juez de instrucción.




Pero no solo eso. En el auto, del que ha sido ponente el magistrado Luis Columna, la sala  -compuesta además por los magistrados Alejandra Dodero y Luis Durbán-, se censura el intento de la acusación de revocar un sobreseimiento sin que “señalen en concreto qué delitos estamos persiguiendo”. O, lo que es lo mismo, que pidan investigar las sociedades de Amat sin concretar indicios de ilícitos penales y que aludan a un presunto y vago  “largo etcétera de delitos”.

“Una investigación general de 22 empresas de una persona, que desempeña el cargo de alcalde de un ayuntamiento, por el simple hecho de afirmar que pudiera haber irregularidades administrativas en su gestión, no respetaría el derecho a la tutela judicial efectiva de la persona investigada”.  Como afirman en otro momento del auto, “los recurrentes tendrían que haber señalado qué es lo que se ha dejado de investigar”.



En el auto que desestima los recursos del Ministerio Fiscal y de la acusación popular, los magistrados rechazan de plano la pretensión de los acusadores de investigar las 22 empresas de Gabriel Amat sin una concreción de qué se busca. “La experiencia nos dice, por otras macrocausas que se están juzgando en esta Audiencia Provincial, que un informe de tal calibre y extensión, que abarque a 22 empresas y a su actividad desde el año 2012, supondría un esfuerzo personal y material que, para acordarlo como prueba, se necesita una concreción de la finalidad que se persigue”.



La investigación y su finalidad

“La experiencia nos dice, por otras macrocausas que se están juzgando en esta Audiencia Provincial, que un informe de tal calibre y extensión, que abarque a 22 empresas y a su actividad desde el año 2012, supondría un esfuerzo personal y material que, para acordarlo como prueba, se necesita una concreción de la finalidad que se persigue”, recoge el fallo de la Audiencia Provincial.


Pero, además, los magistrados de la Audiencia reprochan al fiscal  que cuestione la actuación de la juez de Roquetas por el archivo de la causa. Y, muy especialmente, le censuran los términos en los que alude a ella y a su trabajo. “Deberían ser más respetuosos hacia la titular del juzgado (...) y mucho menos poner en duda su capacidad para investigar una causa que define tan compleja, ni de hablar de descuidos de la instructora”, subrayan.




Estando basados los recursos en la apelación al derecho a la tutela judicial efectiva -en este caso de los recurrentes-, el auto de la Audiencia Provincial rechaza de plano que este se haya visto vulnerado. Antes bien, concluye que sus exigencias “se ven satisfechas por la resolución que acuerda la terminación anticipada del proceso penal, en el caso de que se sustente razonablemente en los motivos legalmente previstos de sobreseimiento”.




Es más, los magistrados señalan que “el ejercicio de la acción penal no comporta un derecho incondicionado a la apertura y plena sustanciación del proceso penal, sino solo a obtener un pronunciamiento motivado del juez enla fase instructora sobre la calificación jurídica que le merecen los hechos”.






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