Deudas, Concurso de Acreedores y Derecho Penal

“El Derecho Penal puede ser más eficaz que el Concursal en la recuperación de activos”

Joaquín Monterreal, socio de Lealtadis Abogados.
Joaquín Monterreal, socio de Lealtadis Abogados. La Voz
Pablo Poza
00:00 • 18 dic. 2023

Joaquín Monterreal, Socio de Lealtadis Abogados, desgrana las herramientas para combatir los fraudes económicos en caso de Concurso de Acreedores.



 



¿Han aumentado los concursos de acreedores en el último año?



Según datos del Colegio de Registradores durante el primer trimestre de 2023 el número de deudores concursados se incrementó en casi un 70% respecto al mismo periodo del año pasado y se redujo en un 11,7% respecto al trimestre anterior y los profesionales del sector anticipan un incremento de los concursos de acreedores a corto plazo.



 



¿Cuál es la mejor forma de proteger al acreedor?



Depende de cada caso concreto ya que no hay una solución única para todos los supuestos. Tras la reciente reforma de la Ley Concursal, las reglas del juego han cambiado y el acreedor cuenta ahora con más herramientas y recursos para cobrar su deuda y para controlar e intervenir en las distintas fases del concurso de acreedores, pero la concursal es una disciplina muy técnica y que no siempre da los resultados deseados. En muchas ocasiones, el Derecho Penal es más eficaz que el Derecho Concursal para la recuperación de activos.



 

¿Por qué?

Por varios motivos, el más evidente es la amenaza de prisión que, obviamente, mete más presión al deudor moroso que cualquier sanción de las previstas en la Ley Concursal; pero el derecho penal no es sólo prisión, son medidas cautelares, es prohibición de administrar sociedades, es poder investigar con más facilidad al deudor y a ese entorno que se haya apropiado de los bienes y derechos en fraude de los acreedores; el derecho penal económico tiene herramientas muy eficaces para convencer al deudor para que el patrimonio escondido aflore.

 

El dinero suele ocultarse en manos de familiares, amigos, otras sociedades etc… ¿Tan difícil es perseguir esa práctica?

El derecho es muy rico pero tenemos un problema añadido que es la falta de medios, la carga de trabajo y la lentitud de los Juzgados; dicho esto, el Derecho Penal puede ser el instrumento idóneo para, siempre que haya delito, investigar y perseguir, con mayor facilidad a empresas pantalla, empresas espejo y al entorno familiar o profesional que durante años ha colaborado con el deudor para ocultar los bienes e impedir el cobro de los acreedores. En instrucción se pueden y se deben adoptar medidas para evitar que ese patrimonio desaparezca para siempre.

 

Entiendo entonces que la perspectiva jurídica es distinta, según se trate de un procedimiento penal o concursal

Sin duda, aunque los no expertos puedan no entenderlo, hay operaciones societarias complejas que cumplen perfectamente los requisitos formales desde el punto de vista mercantil y societario, pero no pasarían el filtro del Código Penal.

 

¿El administrador de una sociedad asume más riesgos legales que los socios?

Así es y riesgos de todo tipo, no sólo los económicos por derivación de responsabilidad, sino penales también. Ser administrador de una sociedad es una responsabilidad y quien asume esa función debe saberlo porque, llegado el caso, tendrá que adoptar medidas legales y económicas para proteger a la empresa, pero también para protegerse a sí mismo, y no siempre ambos intereses van de la mano; a veces, proteger a la sociedad es asumir riesgos como administrador y viceversa; es un tema complejo que precisa del especializado asesoramiento de abogados penalistas y mercantilistas.

 

¿Cuáles son los delitos más frecuentes en que incurren las empresas?

Curiosamente, la mayor parte de los delitos dentro de las empresas se cometen en perjuicio de la  propia empresa o de sus socios; de ahí la conveniencia sino necesidad de implantar un Plan de cumplimiento normativo, Compliance Penal, para autoprotegerse la misma.

 


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