¿Cuántas empleadas de hogar de Almería ya pueden cobrar paro?

La medida aprobada hoy por el Gobierno pone fin a una “injusticia” histórica

Una empleada doméstica realiza tareas de limpieza en un hogar
Una empleada doméstica realiza tareas de limpieza en un hogar Getty Images
La Voz
19:00 • 06 sept. 2022

Quizá las preguntas correctas que habría que hacerse son estas: ¿por qué personas contratadas que cumplen una jornada laboral, completa o a tiempo parcial, en una oficina, taller, ministerio, industria, obra, tienda o almacén, tienen derecho a cobrar una prestación si se quedan sin trabajo y personas que hacen lo propio limpiando y cuidando los hogares de otros no han tenido nunca ese mismo derecho? ¿Es menos trabajo atender por un salario las necesidades domésticas de los demás -seguramente mientras esos demás trabajan en una oficina, taller, ministerio, industria, obra, tienda o almacén- como para que históricamente estas empleadas -casi el cien por cien son mujeres- nunca hayan tenido acceso a las mismas coberturas? 



La medida aprobada ayer por el Consejo de Ministros con el Real Decreto que equipara a las trabajadoras del régimen especial de empleadas del hogar con el resto de los afiliados al régimen general de la Seguridad Social supone un cambio radical en la normativa española que, en el fondo, lo único que hace es cumplir con los preceptos que marca la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en cuanto a la igualdad de trato entre asalariados. 



De tal manera, las mujeres que se dedican a la limpieza contratadas por familias y están dadas de alta por sus empleadores en el régimen especial -otros asalariados de ese mismo sector que trabajan, por ejemplo, para empresas, suelen pertenecer al régimen general y, por tanto ya disfrutaban del derecho al desempleo- podrán a partir de ahora acogerse al cobro del paro si se quedan el día de mañana sin su puesto de trabajo. 



En Almería, ese colectivo está representado a día de hoy por 2.404 mujeres. Son las que figuran como inscritas en el régimen especial de empleadas del hogar y para las que las ventajas y mejoras en su estatus laboral incluyen también un acceso más efectivo a la prevención de riesgos laborales o a la protección ante situaciones de despido, esto es, las indemnizaciones. 



Para el subdelegado del Gobierno en Almería, José María Martín, la medida representa ni más ni menos que "acabar así con una injusticia inaceptable". "Saldamos una deduda histórica con miles de mujeres", ha subrayado el representante del Gobierno en la provincia al dar a conocer los datos de las beneficiadas en la provincia. El texto, según señala el Gobierno, ha sido elaborado en contacto con las organizaciones sindicales y las plataformas de las empleadas de hogar que reivindican esta norma desde hace décadas, y resuelve la equiparación con las personas trabajadoras por cuenta ajena, tanto en el ámbito del sistema extintivo de la relación laboral como en el de la prestación por desempleo.



El RD tiene como objetivo equiparar las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras del hogar familiar a las del resto de personas trabajadoras por cuenta ajena para acabar con la discriminación histórica de este colectivo feminizado. Este elemento de desvaloración del trabajo doméstico se ha mantenido en las normas y se corrige ahora para terminar con la infravaloración histórica de un trabajo desempeñado mayoritariamente por mujeres, que ha contribuido a la perpetuación de estereotipos y al agravamiento de la brecha de género.



También se garantizará la protección de la seguridad y salud de las personas al servicio del hogar familiar equivalente a la de cualquier otra persona trabajadora, esencial no solo para asegurar la equiparación de condiciones que exige la normativa antidiscriminatoria de la Unión Europea y el Convenio 189 de la OIT, sino también para garantizar el derecho constitucional a la salud que corresponde a todas las personas. Y se proporciona cobertura en el ámbito de la garantía salarial a las personas trabajadoras del servicio doméstico en los casos de insolvencia o concurso de las empleadoras.




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