¿Puedo ir a 50 km/h por la Avenida Cabo de Gata con la nueva normativa?

En las vías con un solo carril por sentido se tendrá que circular a 30 km/h

Manuel de la Fuente y José María Méndez durante la rueda de prensa
Manuel de la Fuente y José María Méndez durante la rueda de prensa La Voz
Lola González
13:16 • 11 may. 2021 / actualizado a las 13:22 • 11 may. 2021

Este martes cambian las velocidades máximas permitidas en la circulación de algunas vías urbanas. Lo hacen cumpliendo la nueva normativa de la Dirección General de Tráfico y con el objetivo de reducir la siniestralidad en las ciudades sobre todo con los que se han venido a denominar como “colectivos vulnerables”, es decir, peatones, ciclistas, conductores de patinetes o motoristas. Así lo ha explicado el subdelegado de Gobierno, Manuel de la Fuente, y el jefe provincial de Tráfico, José María Méndez, en la presentación de estos cambios del ‘Reglamento de Circulación’.



Y es que el incremento de actores en la movilidad en los últimos años ha provocado la necesidad de una reducción de las velocidades en las ciudades para tratar de evitar accidentes y, en caso de que se produzcan, sean de una menor gravedad. En Almería, según explica Méndez, en los últimos cuatro años se han producido 18 fallecimientos en vías urbanas de los que ocho eran peatones, seis eran motoristas y uno era ciclista.



¿Pero a qué velocidad tenemos entonces que ir por la ciudad? Todo depende del número de carriles.  Si circulamos por una vía de calzada única en la que conviven vehículos y peatones, la velocidad máxima es de 20 kilómetros por hora.






Pero el mayor cambio a la hora de circular es la reducción de circular a 30 kilómetros por hora en todas las calles que cuenten solo con un carril por sentido, es decir, prácticamente la totalidad de las vías que recorren el interior de los barrios de la ciudad.






Donde sí se podrá seguir circulando con una velocidad máxima de 50 kilómetros por hora es por aquellas vías de alta capacidad, es decir, que cuenten con más de un carril por sentido. Por ejemplo, en la capital se mantiene esta velocidad en la Avenida Federico García Lorca, Avenida del Mediterráneo, Avenida Cabo de Gata, Avenida de la Vega de Acá, entre otras.




Lo que sí dependerá de cada ayuntamiento es el decidir la velocidad a la que se podrá circular por las travesías de las carreteras nacionales que discurran por su municipio.


Sanciones

A pesar de que tanto el subdelegado de Gobierno como el jefe de Tráfico insisten en la necesidad de que este cambio provoque una modificación de la cultura a la hora de conducir por las ciudades, lo cierto es que son normas de obligado cumplimiento y por ello se han establecido sanciones para quienes las incumplan.


Así, si se circula por una vía cuyo límite de velocidad es de 30 kilómetros por hora, si alguien circula por encima hasta los 50, se le interpondrá una sanción de 100 euros. Si ese exceso de velocidad supera los 51 kilómetros por hora, pasaría a sancionarse con 300 euros y se le quitarían dos puntos del carné de conducir. El extremo estaría en la infracción muy grave, que supondría conducir por encima de los 81 kilómetros por hora cuya sanción económica alcanzaría los 600 euros y se quitarían seis puntos del carné.


Para las calles en las que la circulación se limita en los 20 kilómetros hora, si se circula a una velocidad de hasta 40, la sanción ascendería a 100 euros; mientras que si se superan los 41, pasaría a ser de 300 euros y retirada de dos puntos del carné.


Campaña de control de tráfico

Como complemento a esta entrada en vigor de la reducción de la velocidad máxima en las vías urbanas, se ha iniciado una campaña de control de velocidad en colaboración con varios ayuntamientos de la provincia. Así, se desarrollará en los de Adra, Almería, Vera, Huércal Overa y Garrucha.


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