Anulada una sentencia de cinco años y medio por abusos a dos menores

TSJA critica la investigación y afirma que las pruebas se orientaron para condenar a Y. B.

Cuartel de la Guardia Civil en Vera
Cuartel de la Guardia Civil en Vera La Voz
Javier Pajarón
15:05 • 11 may. 2020

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha revocado una condena de cinco años y medio de prisión para un joven acusado de abusar sexualmente de dos adolescentes en una playa de Vera en el verano de 2018.




El TSJA anula la sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería tras considerar insuficiente la identificación de Y. B. como autor de los tocamientos a las víctimas de 14 y 15 años de edad. Las jóvenes habían consumido alcohol y estaban muy afectadas en sus facultades. Según la denuncia, el acusado de 23 años de edad realizó tocamientos a ambas aprovechándose de su situación.




Sin embargo, el TSJA rechaza la sentencia de la Audiencia de Almería y critica la labor realizada por la Guardia Civil durante la investigación. El tribunal cree que no se realizaron gestiones adecuadas para la identificación del presunto autor de los abusos y que se asumieron las fotografías aportadas por los padres y amigos de las víctimas, sin una adecuada investigación sobre la identidad.



“Ante la Guardia Civil las dos víctimas manifiestan no recordar nada de lo sucedido, a consecuencia de la intoxicación etílica que padecían”, señala el TSJA. "No se practicó una diligencia de reconocimiento en rueda con personas de características similares”, indica la sentencia de apelación, sino que se mostró una foto de Y. B.



“La identificación que ambas efectuaron ante la Guardia Civil, a partir de una fotografía única del hoy acusado, que al menos R. había visto previamente en el móvil de una de las víctimas, señalado de antemano como autor de los hechos por el desconocido remitente de la imagen”, explica. “Difícilmente puede imaginarse una identificación más irregular y, sobre todo, más sugestiva”.

“Deficiente” El TSJA absuelve a Y. B. y cree que la investigación policial y la instrucción judicial no prestaron atención a los trámites exigibles para la identificación.  “Una investigación policial en exceso somera, por no decir deficiente, y una instrucción judicial rutinaria, en la práctica casi inexistente, han determinado que la actividad probatoria desplegada en el juicio oral ofrezca un resultado incriminatorio con un margen de error tan elevado que queda muy por encima del que tolera el estándar de la duda razonable”, describe la sala de apelación. Y. B. queda absuelto.






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