Cuatro condenados por prostituir a una menor en un club en la capital

El TSJA confirma las penas tres empleadas del local y a un cliente, abogado de profesión

Audiencia Provincial de Almería
Audiencia Provincial de Almería La Voz
Javier Pajarón
07:00 • 06 mar. 2020

La Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado las condenas para tres empleadas de un club de Calzada de Castro y a un cliente, abogado de profesión, por la prostitución de una menor de 16 años de edad.




El tribunal valida la resolución de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Almería y condena a L. S. B. a tres años y cuatro meses de prisión, a B. N. a dos años y seis meses de prisión, a S. D. a seis meses de prisión y a M. C. S. a dos años y seis meses de prisión. Según la sentencia, L. S. B., apodada Penélope, contrató a la adolescente en junio de 2016 como camarera del club que regentaba en la calle Calzada de Castro de Almería. Prometió a cambio ayuda para conseguir el permiso de residencia en España.




Sin embargo, el trabajo carecía de alta en la Seguridad Social e iba más allá de poner copas en la barra. “L. B. S. le dijo que también tendría que realizar bailes eróticos en el escenario existente en el local y ante los clientes, anunciándole que la echaría si no lo hacía, ante lo cual la menor accedió para no perder el trabajo”, dice la sentencia.




La encargada asignó un nombre ficticio a la menor, que comenzó a trabajar en el establecimiento. Otras dos empleadas, B. N. y S. D., ejercían distintas labores. A principios de junio de 2016, el acusado M. S. C., abogado de Penélope, requirió los servicios sexuales de la menor “siendo conocedor de su edad”. En un reservado le enseñó un fajo de billetes y le pidió mantener relaciones. La víctima estuvo en el club hasta mediados de ese mes de junio, cuando los agentes de la Policía Nacional irrumpieron en el recinto en una operación judicial.

El cliente
Según cita el TSJA, el abogado propuso a la chica relaciones sexuales “bajo la promesa de que la ayudaría en los trámites de obtención de los permisos de residencia suyo y de su madre”. La víctima “afirmó en todo momento que comunicó expresamente al acusado que tenía 16 años de edad”.



“Aunque no hubiera existido esa información expresa, es sencillamente impensable que el acusado, por su conocimiento del medio, por su preparación y experiencia como abogado, por el extraño episodio de “iniciación” previo y por su relación, profesional y personal, con la regente del establecimiento (que conocía directamente el dato), no se representara que la joven E. era menor de edad”, subraya el tribunal.




El tribunal absuelve a M. C. S. de dos delitos de abusos sexuales, pero le condena por un delito de exhibicionismo (seis meses) y un delito de prostitución de menores (dos años de prisión).  Además, le impone una prohibición de acercarse a menos de 300 metros y comunicarse por cualquier medio con la perjudicada por periodo de cinco años, más la medida de libertad vigilada por periodo de cinco años.






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