Veinte años de cárcel por violar a sus hijas durante una década

También abusó en Málaga de una amiga de sus hijas, pero es absuelto por prescripción

Ciudad de la Justicia en Málaga.
Ciudad de la Justicia en Málaga. Cadena SER
La Voz
21:22 • 07 ene. 2019

El Tribunal Supremo ha confirmado una condena de 20 años de prisión para un hombre que violó durante años a sus dos hijas cuando ellas eran menores de edad. La sentencia, que le impone dos delitos de abusos sexuales, también declara probado que abusó de una amiga de las niñas, pero confirma su absolución de este delito por prescripción.



Según la sentencia, los abusos sexuales se prolongaron durante más de diez años desde el comienzo de la década de los noventa en las distintas localidades malagueñas en las que residió la familia. Abusos cometidos cuando se quedaba solo con ellas, que arrancaron cuando las niñas tenían cuatro años y que incluyeron lo que la sentencia define como “relaciones sexuales completas” y “vejaciones sexuales”, a veces obligando a una de sus víctimas a mirar.



El acusado -explican los hechos probados avalados por el Tribunal Supremo- era un “hombre autoritario y violento” que doblegaba la voluntad de las niñas “unas veces por el temor que a ellas inspiraba y otras entregándolas dinero o concediéndolas privilegios”, diciendo por ejemplo a una de ellas que “si no me dejas me tendré que ir de putas y gastar lo poco que tenemos”.



Su condena firme incluye veinte años de cárcel por dos delitos de abusos sexuales con acceso carnal a menor de doce años con agravante de parentesco y sendas indemnizaciones de 20.000 euros para las víctimas. La sentencia dictada en primera instancia por la Audiencia de Málaga también declaró probado que durante años abusó sexualmente de otra niña de siete años, amiga de sus hijas, pero que no puede ser condenado al haber prescrito ese delito.



El testimonio de las víctimas



La sentencia del Tribunal Supremo, de la que ha sido ponente Francisco Monterde, rechaza el recurso presentado por el condenado contra la sentencia de la Audiencia de Málaga, en el que denunciaba haber sido condenado “sin prueba” y dando validez total al testimonio de las tres víctimas sin más pruebas objetivas de lo sucedido. Los jueces empiezan recordando que es posible probar un delito sexual si el testimonio de la víctima es creíble: “Están superadas épocas en las que se desdeñaba esa prueba única”, dice la sentencia.



Las tres víctimas ocultaron los hechos durante años hasta que una de ellas explicó las razones por las que no quería coincidir con su abusador en las reuniones familiares y se decidieron a denunciar en 2012, cuando tenían más de veinticinco años. “Difícilmente es creíble que tres personas diferentes elaboren un discurso similar relatando abusos sexuales prolongados en el tiempo cometidos por la misma persona falseando la realidad con la única intención de causar un grave perjuicio al imputado”, explican los jueces.




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