Carboneras

Carboneras: una convocatoria de ayudas para los gastos de recibos domésticos

El total de la subvención municipal es de 168.000 euros y el máximo por beneficiario de 800

Esta ayuda subvenciona las facturas o recibos de electricidad, agua y gas. e
Esta ayuda subvenciona las facturas o recibos de electricidad, agua y gas. e Europa Press
Raúl Ramos
07:00 • 18 oct. 2021

El Ayuntamiento de Carboneras ha sacado una convocatoria de ayudas de carácter social para hacer frente a los gastos derivados del pago de los recibos domésticos de la vivienda habitual.



Tal y como consta en el anuncio publicado en el B.O.P. de Almería, la cantidad total establecida del presupuesto municipal para esta convocatoria es de 168.000 euros. Asimismo, el importe que recibirá cada beneficiario no superará los 800 euros. 



Esta ayuda subvenciona las facturas o recibos de suministros eléctricos, abastecimiento de agua y gas que estén comprendidos del plazo del 1 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2020. El plazo para la presentación de las solicitudes se encuentra abierto hasta el 12 de noviembre, según informa el Ayuntamiento, y además esta ayuda es compatible con otras otorgadas por el consistorio. 



Las solicitudes se pueden presentar en el Registro del Ayuntamiento de Carboneras o a través de la Sede Electrónica del consistorio carbonero. 



Documentación



Para presentar la solicitud se deberá adjuntar la fotocopia del DNI y el libro de familia, la Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de 2020, y en caso de no tenerlo se deberá presentar el Certificado de imputaciones de IRPF, según consta en el anuncio del B.O.P. 



También se tendrá que presentar las facturas o recibos de los suministros, el certificado bancario que acredite la titularidad de la cuenta, así como la “declaración responsable de no tener ningún ingreso por otro concepto que lo declarado”, estar al “corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, de no haber solicitado otras subvenciones por el mismo concepto, y de no concurrir en ninguna de las circunstancias determinadas en el artículo 13 de la Ley de Subvenciones”, y la declaración responsable de no ser propietario de un segundo bien inmueble que “reúna las debidas condiciones para ser habitada, a parte de la vivienda habitual”, se recoge en el apartado de la documentación a presentar. 



La documentación complementaria para presentar es el carnet de familia numerosa, la inscripción como desempleado en el SAE y la resolución con expresión del grado de discapacidad. La documentación tendrá que ir adjunta al modelo de anexo publicado con el anuncio de la convocatoria en el B.O.P de Almería el 11 de octubre.


La cantidad total de la convocatoria tiene “carácter limitativo y vinculante” respecto al número y la cuantía de las ayudas. Por ello, las solicitudes se valorarán y tendrán una puntuación por la que se tendrá en cuenta criterios como la renta anual, ser familia numerosa, desempleo, discapacidad y víctima de violencia de género.


Temas relacionados

para ti

en destaque