Barcos y motos de agua ‘toman’ las playas y calas del Cabo de Gata

Asociaciones y bañistas denuncian el descontrol y el riesgo para usuarios y fondos marinos

Imágenes del Barronal estos días, cedidas por Amigos del Parque.
Imágenes del Barronal estos días, cedidas por Amigos del Parque. La Voz
Eva de la Torre
18:29 • 27 ago. 2020

Todo tipo de embarcaciones a motor rondan las playas y calas del Cabo de Gata. Así, numerosos barco, lanchas y motos náuticas aparecen fondeadas a pocos metros de la orilla e, incluso, descansando la proa sobre la arena. Una situación que, como cada verano, vienen denunciando diversos colectivos y bañistas.




En esta ocasión, ha sido la Asociación Amigos del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar la que ha dado la voz de alarma mostrando en su perfil de Facebook una serie de fotos tomadas estos días en las calas del Barronal, en las que se puede ver claramente qué es lo que está pasando.




La reacción a las imágenes no se ha hecho esperar y deja clara la indignación de muchas personas que no comprenden la falta de control en un Parque Natural que presume de ser el primero creado en Andalucía con carácter marítimo-terrestre, concretamente en diciembre de 1987.

El enfado es más que lógico si se tiene en cuenta que se trata de comportamientos no permitidos por la normativa vigente. De hecho, el verano de 2019, que fue especialmente conflictivo en lo que respecta a la navegación y fondeo de embarcaciones, así como el uso de motos náuticas en el litoral del Parque Natural, Capitanía Marítima de Almería publicó un bando con la normativa de seguridad aplicable en todas las aguas del litoral de la provincia de Almería.




Según este bando, en los tramos de costa con playa que no estén balizados como zona de baño, se entenderá que ésta ocupa una franja de mar contigua a la costa de una anchura de 200 metros y de 50 metros en el litoral donde haya rocas, acantilados, etc.
Es decir, en las calas y playas no urbanas del Cabo de Gata con espacio para el baño, las embarcaciones deberán estar a 200 metros de la orilla. Dentro de estas zonas no se podrá navegar a una velocidad superior a 3 nudos, debiendo adoptarse las precauciones necesarias para evitar riesgos a la seguridad de las personas.












Las motos náuticas y otros artefactos autopropulsados no podrán navegar en la franja de mar de 200 metros contigua a las playas, salvo en este último caso, para vararlas o salir a la mar, en cuyo caso lo harán perpendicularmente a la costa y a menos de 3 nudos de velocidad, evitando poner en peligro a los bañistas.

El Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar establece la prohibición de fondear embarcaciones en las zonas clasificadas como A2; o sea, reservas marinas y que son las denominadas reserva marina Cabo de Gata, Morrón de los Genoveses, Punta de Loma Pelada, Punta de La Polacra, Punta Javana-Islote de San Pedro, y la reserva marina de la Punta de la Media Naranja.


Asimismo, está prohibido fondear en fondos rocosos, así como en los que existan comunidades de fanerógamas marinas, como las praderas de posidonias.


Por otra parte, en 2017 la Junta anunció la regulación  por primera vez del acceso vía marítima a las playas del Cabo de Gata tras las quejas suscitadas por el notable incremento del número de yates, motos acuáticas y otras embarcaciones de recreo que fondeaban frente a las emblemáticas calas. Pero finalmente, la regulación solo afectó a “artefactos flotantes sin motor” como piraguas o kayak.


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