Cuevas del Almanzora

Instan a limpiar “cuanto antes” la radioactividad en Palomares

La Audiencia Nacional ha admitido el informe de los técnicos del Consejo de Seguridad Nuclear

Visita a la zona perimetrada por parte de técnicos en una imagen de archivo.
Visita a la zona perimetrada por parte de técnicos en una imagen de archivo. Archivo La Voz
Europa Press
07:00 • 07 abr. 2019

La Audiencia Nacional (AN) ha aceptado como prueba el informe remitido al Congreso de los Diputados por los técnicos del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) en el que se insta a que se “analice, y, en su caso, se rehabilite cuanto antes” la zona contaminada con radioactividad de Palomares, pedanía de Cuevas del Almanzora, para evitar “efectos inaceptables en las personas y en medio ambiente”.




Así, en su auto, la Sección Séptima admite, en contra del criterio de la Abogacía del Estado, la documental procedente de la Asociación Profesional de Técnicos en Seguridad Nuclear y Protección Radiológica del Consejo de Seguridad Nuclear (Astecsn); propuesta por Ecologistas en Acción en el marco del procedimiento impulsado para obligar al CSN a que fije un plazo para ejecutar el Plan de Rehabilitación de Palomares que se aprobó en 2010.




La Abogacía del Estado se opuso a que se ampliasen los hechos objetos de la demanda con este informe, algo a lo que se aviene la AN, que lo admite como prueba documental al considerar que “no dejan de ser manifestaciones de una asociación en un ámbito parlamentario, que carecen de relevancia para la decisión del pleito”. Asimismo, también se negó, en otro recurso anterior, a que se investigara el envío de 1,5 toneladas de material radioactivo a la zona en 2016 procedente del Ciemat, pero la sala se negó y la práctica de prueba al respecto ha revelado que fueron casi seis toneladas de material radioactivo trasladado desde 2011 y depositado en contenedores y en un almacen del laboratorio que el Ciemat tiene en la zona 3 bajo vigilancia radiológica, en el núcleo urbano de Palomares.




No obstante, después pidió la práctica de prueba sobre el asunto y la Audiencia Nacional la admite en este auto, de 27 de marzo, en el que incorpora a la causa el informe de los técnicos del CSN.

El informe



Los técnicos, en su informe, entienden “que siempre será mejor tener los residuos embidonados y almacenados, aunque sea allí mismo, que dispersos por el medio ambiente como llevan más de 50 años”. Y añaden que la limpieza de estos terrenos, que abarcan unas 50 hectáreas, “debe realizarse sin estar subordinada a la existencia o no de un acuerdo con terceros para que EEUU se haga cargo o no de los residuos”. Al hilo de esto, indican que la “evolución” de los “radionucleidos Pu-239, Pu-240, Pu-241, así como la aparición de Am-241, generado a partir del Pu-241”, tiene como consecuencia la “modificación del efecto radiológico, tanto en las personas como en el medio ambiente, debido a un comportamiento más dispersable a medida que van pasando los años”.




De este modo, con fecha de 17 de diciembre y realizado en respuesta a varias preguntas que se formularon por parte de miembros de la Ponencia para las relaciones con el Consejo de Seguridad Nuclear del Congreso, critican que en Palomares se hayan tomado “medidas sin la debida transparencia y sin sustentarse en informes públicos” y afirman que, si estos “existen, se mantienen en secreto, lo cual crea desconfianza e inseguridad en la población afectada”.




Asimismo, los técnicos señalan que resulta “significativo” que el CSN “conozca” los análisis de contaminación y dosimetría interna efectuados en la población de Palomares en los últimos 50 años y que sus resultados generales “que han debido tenerse en cuenta en las evaluaciones efectuadas por el regulador, se mantengan secretos y no disponibles cuando son la base para la toma de decisiones y justificación de cualquier medida que se quiera adoptar, tales como trabajos de limpieza y almacenamiento de residuos”.




Apuntan, en esta línea, que el CSN “debe de poner sobre aviso a las autoridades competentes acerca de los riesgos radiológicos e instar y recomendar las acciones pertinentes” y que el Estado “debe proteger a su población en consecuencia y almacenar temporal o definitivamente los residuos”. Para ello, ponen como ejemplo de actuación sobre terrenos contaminados con población el realizado en las Islas Marshall motivado por los ensayos nucleares llevados a cabo allí por EEUU, y donde las actuaciones de restauración y limpieza “se realizaron con transparencia y participación activa de la población afectada”.


Y es que, “cuanto mayor sea la transparencia, más obligadas estarán todas las partes a tomar una decisión cuanto antes. Los informes y los datos que soportan las decisiones y las medidas a adoptar deben ser públicos y sometidos a una revisión científica. El papel del CSN, como único organismo competente en protección radiológica, resulta fundamental para liderar y garantizar dicho proceso de forma pública, abierta y transparente”, remarcan en su informe.


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