Lo que ganan los hombres, las mujeres y viceversa

El 14 de abril entra en vigor la norma de igualdad retributiva para 42.000 empresas de Almería

El nuevo decreto afecta a todo tipo de negocios.
El nuevo decreto afecta a todo tipo de negocios.
Manuel León
22:56 • 05 abr. 2021

A partir de la republicana fecha del 14 de abril entrará en vigor la nueva normativa en materia de igualdad retributiva por la que las empresas deberán demostrar que no cuentan con situaciones de discriminación salarial entre mujeres y hombres. Esta nuevo decreto afecta a 42.000 empresas de la provincia y su objetivo es consolidar el principio de igual retribución por trabajo de igual valor.  La nueva norma procede a implantar en las empresas dos herramientas fiscalizadora de la igualdad: el registro retributivo y la auditoría retributiva. 



Este registro, a llevar lo mismo en un restaurante que en un almacén hortofrutícola, deberá incluir, desglosados por sexos, los valores medios de los salarios, los complementos y las percepciones extrasalariales de la plantilla.



La Confederación de Empresarios de Almería, Asempal, está recordando también a las empresas de más de 50 trabajadores la exigencia de hacer una auditoría retributiva que tiene por objeto obtener la información necesaria para comprobar si el sistema retributivo de la empresa, de manera transversal y completa, cumple con la aplicación efectiva del principio de igualdad entre hombres y mujeres.



De momento, según Asempal, están aflorando muchas dudas en el seno de la dirección de las empresas almerienses: en qué formato debe presentarse el registro salarial; qué datos debe incluir; o quienes pueden conocer el contenido del registro retributivo en la empresa.



La promoción de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres y la difusión de los Objetivos de Desarrollo Sostenible entre las empresas almerienses, son una de las líneas estratégicas de la confederación que preside José Cano.



Cuando el resultado de los valores entre hombre y mujer arroje una diferencia de, al menos, un 25%, el empresario deberá incluir en el registro una justificación de que esa diferencia responde a motivos no relacionado con el sexo de las personas trabajadoras. Deberá demostrar que existen causas objetivas de responsabilidad o complejidad en las tareas. Las discriminaciones pueden suponer sanciones de hasta 187.000 euros. 





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