Estos son los controles sanitarios que pasarán los turistas en España

Antes de su llegada, deberán cumplimentar un formulario con la dirección de su estancia

Si un viajero da positivo se activará un protocolo de actuación inmediata.
Si un viajero da positivo se activará un protocolo de actuación inmediata. Europa Press
Cadena SER
13:41 • 01 jul. 2020 / actualizado a las 14:07 • 01 jul. 2020

El Gobierno de España acaba de informar sobre las medidas de prevención que se van a adoptar ante la llegada de turistas al país. Así, se realizará formularios de salud pública a estas personas antes de viajar a España, con el fin de poder localizar contactos en caso de contagios por coronavirus y se harán controles documentales, visuales y de temperatura a su llegada.

Según una orden publicada este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE), este tipo de formularios -basado en el Passenger Location Card- recoge información tal como la dirección de la estancia en España, antecedentes de viajes y cuestiones de carácter médico, relacionadas con la sintomatología del coronavirus, informa la SER en su página web.



Este formulario, que deberá cumplimentarse vía electrónica antes de viajar a España, se convierte en un código QR que el viajero deberá presentar en los controles sanitarios a su llegada. Así, si se detecta que un viajero puede padecer COVID-19, se le realizará una evaluación médica.



La misma consistirá en la toma de temperatura mediante termómetros sin contacto o cámaras termográficas. En el caso de los viajes por vía marítima, este proceso podrá realizarse antes de la llegada a cualquier puerto español.



De confirmarse que el pasajero padece coronavirus tras la toma de temperatura y los controles previos, las autoridades sanitarias españolas activarán, según recoge la orden, los protocolos establecidos para derivarlo a un centro sanitario.




Previamente, los pasajeros sospechosos serán sometidos a una segunda evaluación sanitaria en la que se les volverá a tomar la temperatura y se evaluará su estado clínico y epidemiológico. No obstante, la orden recogida en el BOE no establece la necesidad de realizar tests de detección.




Todo este proceso obliga a las agencias de viaje, los operadores turísticos y las compañías de trasporte aéreo o marítimo y a cualquier otro agente que comercialice billetes aisladamente a informar a los pasajeros en el proceso de venta de los billetes con destino a España de la obligatoriedad de presentar el formulario de salud pública en el aeropuerto o puerto de destino.




Por el momento, se establece un periodo transitorio -hasta el 31 de julio de 2020- en el que los pasajeros internacionales que no hayan podido cumplimentar telemáticamente el formulario de salud pública lo podrán presentar a su llegada a España en formato papel.




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