Anulan una sentencia de 3 años de cárcel en un caso con 890 plantas de marihuana

La Audiencia revoca la condena a J. D., arrendatario de la nave donde se halló una plantación

Juzgados de Roquetas de Mar
Juzgados de Roquetas de Mar La Voz
Javier Pajarón
22:00 • 06 abr. 2022

La Audiencia Provincial de Almería revoca una sentencia del Juzgado de lo Penal número Cinco y absuelve a J. D. en un proceso por un presunto delito de tráfico de drogas en Roquetas de Mar. El acusado J. D. fue condenado inicialmente a tres años y dos meses de prisión por cultivar 890 plantas de marihuana en un local alquilado y cedido a su padre a mediados de 2018.



Sin embargo, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial atiende el recurso de apelación presentado por el abogado José Antonio Bonachera y absuelve a J. D., liberándolo de cualquier cargo. Considera el tribunal que no hay pruebas de cargo sólidas para vincular a J. D. con la marihuana hallada en la propiedad.




Y no fueron pocas plantas. La Guardia Civil descubrió en el registro efectuado 890 plantas de cannabis sátiva, con un valor de mercado de 47.000 euros, según las sentencias consultadas por LA VOZ DE ALMERÍA.




Asimismo, los agentes encontraron 102 lámparas de sodio con sus difusores, ocho máquinas de aire acondicionado, nueve splits de aire acondicionado, siete ventiladores, nueve bidones de almacenaje de líquidos, dos extractores de aire con sus filtros, y una báscula de pesaje.




El Juzgado de lo Penal número Cinco de Almería consideró que la droga, 41 plantas verdes en estado de floración y 849 plantas cortadas en proceso de secado, eran propiedad de J. D., quien aparecía como arrendatario de la nave.
Sin embargo, la Audiencia estima las alegaciones de José Antonio Bonachera en defensa del acusado. Esto es, que J. D. subarrendó la propiedad a un tercero y que nada sabía de la droga que crecía en su interior.




Dice el tribunal que no se encontró a nadie en la nave y afea la actuación del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Seis de Roquetas. “Desde que se aportó el contrato de subarriendo con los datos del subarrendatario, tanto el instructor como el Ministerio Fiscal debieron instar la practica de diligencias tendentes a acreditar la real existencia de M. D. (el segundo arrendatario)”, dice.



“El hecho de que en el interior se encontraran unas furgonetas propiedad del padre del acusado, nada acredita pues el acusado indico que al subarrendatario le dijo que debería guardar allí esos objetos”.




Temas relacionados

para ti

en destaque