Condenada a pagar 20.000 € a una modelo por colgar fotos en una web de contactos

La demandada publicó sin consentimiento imágenes y números de teléfono en una página de sexo

Audiencia Provincial de ALmería
Audiencia Provincial de ALmería La Voz
Javier Pajarón
07:00 • 06 abr. 2021

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo (TS) ha condenado a una mujer identificada como I. M. a pagar 20.000 euros de indemnización a un modelo de Almería por publicar sus fotografías y números de teléfono en un portal de Internet de contactos íntimos.




La víctima, representada por el abogado Antonio Relaño, inició un proceso judicial ante los graves daños morales generados por la difusión de las imágenes de la joven, que aparecía en anuncios de carácter sexual. El episodio se habría producido a espaldas de la modelo, sin su consentimiento ni connivencia,  y con un importante perjuicio para una carrera profesional donde daba sus primeros pasos.




El Tribunal Supremo confirma la resolución dictada por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Almería, que había establecido antes el pago de una indemnización de 20.000 euros por una intromisión en el derecho al honor y a la intimidad personal y familiar de la perjudicada. El fallo es firme desde el pasado 24 de marzo de 2021.




La Audiencia Provincial de Almería había modificado parcialmente una sentencia anterior procedente del Juzgado de Primera Instancia número Ocho de la capital, que había situado la indemnización en 50.000 euros. La valoración fue más alta en este primer capítulo del proceso judicial.




Según la resolución, a la que ha tenido acceso LA VOZ DE ALMERÍA, la demandada “I. M. habría publicado en una página web de contactos sexuales fotografías y números de teléfono de la víctima ofreciendo servicios de este tipo”.

Falso anuncio
La demandante inició dos procesos (uno penal y uno civil) para denunciar el perjuicio ocasionado a su carrera profesional y el daño moral de verse en páginas de estas características. Creía manchado su honor y reclamaba responsabilidades por el ataque.




El Supremo, en la línea marcada por los dos tribunales anteriores, ratifica la existencia de un daño objetivo a la joven almeriense, como manifestó el letrado Antonio Relaño. Es decir, no se discute la intromisión en el honor.




“Se concreta en la sentencia recurrida que, en el tiempo en que estuvo publicado el falso anuncio, la demandante y hoy recurrida recibió numerosas llamadas requiriendo sus servicios, lo que provocó una evidente inquietud y zozobra tanto a ella como a su entorno familiar, unida a la incertidumbre acerca de la influencia que tendría en su incipiente carrera como modelo”, señala la resolución judicial  dictada por el TS y  firmada por los magistrados Francisco Marín Castán, Francisco Javier Arroyo Fiestas y José Luis Seoane Spiegelberg.

Discusión de cuantía Ahora bien, confirmada la existencia de un ataque a la imagen de la víctima, la demandante discutió esencialmente el cuantía de la indemnización. “La sentencia de apelación confirmó la de primera instancia pero rebajó la indemnización a 20.000 euros”.




Temas relacionados

para ti

en destaque