Así será la nueva normalidad en Almería: siguen la distancia, mascarilla y aforo

Las normas corresponden ahora a la Junta al finalizar el estado de alarma

Una camarera atiende a dos clientas en una terraza del Paseo de Almería.
Una camarera atiende a dos clientas en una terraza del Paseo de Almería. Juan Antonio Barrios
Simón Ruiz
07:00 • 20 jun. 2020

Los almerienses ya no convivirán a partir de mañana domingo bajo las normas del estado de alarma, pero sí estarán sujetos a más de 400 medidas que aprobó ayer el Consejo de Gobierno de la Junta para hacer frente a la pandemia del coronavirus, la Covid-19.




Pendientes de la publicación de todas esas medidas por parte del Ejecutivo andaluz en el BOJA, los almerienses han de saber que se mantienen normas básicas como la distancia social de 1,5 metros; el uso de mascarillas en locales públicos y cuando no se pueda respetar esa distancia de seguridad; y ajustarse a los aforos en locales de hostelería, comercios, etc.

Las distintas medidas entran en vigor mañana domingo y su vigencia será sine die. Ayer, los consejeros de Presidencia y Salud, Elías Bendodo y Jesús Aguirre, respectivamente, avanzaron que la Junta realizará exámenes de autoevaluación de la situación de la pandemia y, en función de los resultados, flexibilizará o no determinadas medidas.







Los resultados de la primera autoevaluación se conocerán el 8 de julio. En cualquier caso, los dos consejeros explicaron que el Gobierno andaluz puede adoptar otras medidas en caso necesario, “ya sea en un bloque de viviendas, un barrio, un municipio, ...”

a orden que firmará el consejero de Salud de medidas preventivas de la Covid-19 tras el estado de alarma establece para todos los establecimientos, locales de negocio, instalaciones y espacios de uso público medidas de higie­ne y prevención de carácter general. De esta manera, el titular de la actividad económica o responsable de las instalaciones deberá asegurar que se adoptan las medidas de limpieza y desinfección adecuadas a las características e intensidad de uso de los establecimientos.




Las tareas de limpieza y desinfección deben prestar especial atención a las zonas de uso común y a las superficies de contacto más frecuentes como pomos de puertas, mesas, muebles, pasamanos, suelos, teléfonos, perchas y otros elementos de similares caracte­rísticas.

En estas tareas deben utilizarse desinfectantes con actividad virucida debidamente autorizados y registrados, y, tras cada limpieza, los materiales empleados y los equipos de protección utilizados se desecharán de manera segura. En el caso de que se empleen uniformes o ropa de trabajo, se procederá al lavado y desinfección regular de los mismos, siguiendo el procedimiento habitual.




Es necesario también realizar tareas de ventilación periódica en las instalaciones y, como mínimo, de forma diaria y durante el tiempo necesario para permitir la renovación del aire.




Cuando los centros dispongan de ascensor o montacargas, se utilizarán preferentemente las escaleras. Cuando sea necesario usarlos, su ocupación será de una persona, salvo que se trate de personas convivien­tes o que empleen mascarillas todos los ocupantes.




La ocupación máxima para el uso de los aseos, vestuarios, probadores, salas de lac­tancia o similares de clientes, visitantes o usuarios será de una persona para espacios de hasta cuatro metros cuadrados, salvo en aquellos supuestos de personas que puedan pre­cisar asistencia; en ese caso, también se permitirá la utilización por su acompañante.


El establecimiento deberá promover el pago con medios que no supongan contacto físico entre dispositivos.


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