El Juzgado de lo Penal número Uno de Almería condena a M. a dos años y ocho meses de prisión por un delito continuado de abusos sexuales a su sobrina. La víctima tenía entonces solo cinco años de edad y sufrió tocamientos en varias ocasiones durante el verano del 2009, según la sentencia consultada por LA VOZ DE ALMERÍA.
La resolución muestra un relato de hechos de gran dureza, cuyos detalles no serán reproducidos, y destaca la credibilidad de la versión ofrecida por la menor cuando contaba ya con 14 años de edad. “Hay que llamar la atención especialmente sobre la espontaneidad y claridad con la que la perjudicada (...) que narró los hechos en los que está implicado el acusado”, dice la magistrada Ana María Fernández Moreno en su sentencia. “Igualmente reseñable es lo detallado de su persistente relato”.
El tribunal basa la condena fundamentalmente en esta versión de la víctima, a pesar de su corta edad y tiempo transcurrido desde los hechos. La solidez de la declaración ofrecida en la fase de instrucción y ampliada en el juicio son pruebas de cargo.
“Es prueba directa de los hechos enjuiciados y no viene empañada por la existencia de una relación previa con el acusado que pudiera cuestionar sus manifestaciones, resultando el testimonio de aquella sincero y fiable en lo sustancial, teniendo en cuenta que en la denuncia, a pesar de su temprana edad, ya facilitó todos los datos expuestos”.
Psicóloga
La valoración de estos casos es especialmente compleja ya que los presuntos abusos se producen en una esfera privada, sin testigos directos y con víctimas de muy corta edad. Los tribunales tienen la obligación de preservar la presunción de inocencia y las denuncias no siempre encuentran el respaldo probatorio que requiere una sentencia de culpabilidad.
En este caso, el Juzgado de lo Penal número Uno de Almería se apoya en otras pruebas periféricas como el informe de la entidad Márgenes y Vínculos. La psicóloga concluyó que la niña “no se muestra susceptible a la sugestión , su relato es consistente con las leyes de la naturaleza y no se aprecia en ella intentos de magnificar información”.
La psicóloga no puede ahondar en el relato de hechos por la edad que entonces tenía la víctima, aunque cita que “la información específica aportada por la víctima podía resultar compatible con una vivencia real de abuso sexual”. El acusado M. fue absuelto en un proceso distinto seguido por supuesto abuso a su propia hija, también de muy corta edad. En ese caso se desestimaron las acusaciones que, en este asunto, sí se consideraron por el tribunal.
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