El Defensor del Pueblo insta a regular la circulación de patinetes eléctricos

Pide aprobar ordenanzas a los ayuntamientos de Almería, El Ejido y Roquetas ante el vacío legal

Un joven circula con un patinete eléctrico.
Un joven circula con un patinete eléctrico. Europa Press
Miguel Cabrera
07:00 • 14 ago. 2019 / actualizado a las 07:00 • 15 ago. 2019

El Defensor del Pueblo Andaluz ha elevado una sugerencia a los ayuntamientos de la comunidad con más de 50.000 habitantes para que regulen la circulación de patinetes eléctricos mediante ordenanzas, ante la proliferación de su uso y al actual vacío legal, puesto que todavía no existe una normativa nacional al respecto.




La oficina de Jesús Maeztu justifica también esta sugerencia en el hecho de que cada vez con más frecuencia están apareciendo  sobre los espacios peatonales nuevos riesgos para las personas que transitan por ellos, como son los derivados de la incorporación de los medios de transportes de uso individual cuya regulación, por el momento, no está contemplada en el Código de Circulación.




De momento, el Ayuntamiento de Almería ya está preparando una respuesta al Defensor respecto a su sugerencia. En ella le informará de que el Consistorio recoge en su ‘Ordenanza de Circulación de peatones y ciclistas’  un capítulo dedicado al ‘tránsito con patines y monopatines o aparatos similares’. En él se establece que dichos ‘aparatos’ “transitarán por vías ciclistas segregadas del tráfico rodado, sendas ciclables y zonas de prioridad peatonal, incluidas las aceras, no pudiendo invadir carriles de circulación de vehículos a motor, salvo para cruzar la calzada”. Además, especifica que los patinadores “deberán acomodar su marcha a la de las bicicletas, si circulan por vías ciclistas, o a la de peatones en el resto de los casos, evitando en todo momento causar molestias o crear peligro”.



Futuro perfeccionamiento  La Concejalía de Seguridad y Movilidad que dirige María del Mar García Lorca tambien informará al Defensor de que el Ayuntamiento está abierto a seguir perfeccionando y avanzando en esta ordenanza, y que se adaptará, lógicamente, cuando se apruebe la normativa nacional, en fase de elaboración.




Porque de momento, al margen de los ayuntamientos que han elaborado ordenanzas propias, no existe una normativa específica, al margen de referencias del Reglamento General de Circulación y la Ley de Seguridad Vial. El primero establece, por ejemplo, respecto a las zonas peatonales, que “los que utilicen monopatines, patines o aparatos similares no podrán circular por la calzada, salvo que se trate de zonas, vías o partes de éstas que les estén especialmente destinadas, y sólo podrán circular a paso de persona por las aceras o por las calles residenciales debidamente señalizadas”.




Francisco Gutiérrez, concejal de Movilidad de Roquetas, otro de los municipios almerienses a los que el Defensor sugiere crear la ordenanza, apunta que de momento se están aplicando las recomendaciones incluidas en una instrucción técnica aprobada por la Dirección General de Tráfico en 2016 y a la espera de una regulación nacional para elaborar una ordenanza. Esta instrucción ofrece  propuestas sobre la regulación de la circulación de los vehículos de movilidad personal (VMP). 




La instrucción dice  que podrán ubicarse en  la calzada, siempre que se trate de vías expresamente autorizadas por la autoridad local. La autoridad municipal, no obstante, podrá autorizar su circulación por aceras, zonas peatonales, parques o habilitar carriles especiales con las prohibiciones y limitaciones que considere necesarias (relativas a masa, velocidad y servicio al que se destinan) para garantizar la seguridad de los usuarios de la vía.




Y concluye diciendo que  cuando queden asimilados a bicicletas, les será aplicable lo dispuesto para estos en la legislación. Precisamente esto es lo que ocurre en El Ejido. Según el Ayuntamiento, en la actualidad los patinetes eléctricos están asimilados a las bicicletas. Fuentes municipales apuntan que el próximo 10 de octubre, representantes del Ayuntamiento y la Policía Local  acudirán a la Tercera Convención Nacional de Seguridad Vial, donde se van a determinar los criterios definitivos para regular la circulación de los VMP. “En base a ellos se aprobará después una ordenanza municipal al respecto”.


Permisividad incomprensible El Defensor cree que ante el vacío legal, los Ayuntamientos “pueden y deben, hasta que no haya una normativa estatal que contemple su uso, regular los VMP recordando la prohibición de no circular a una velocidad superior a la del paso de las personas y establecer limitaciones en cuanto a su uso en función de las características de la acera u otros espacios peatonales, aglomeración humana”.


Lo cierto es que estos vehículos ya han causado accidentes en toda España, e incluso muertes. De hecho, la primera víctima mortal se produjo en agosto de 2018, cuando una mujer de 90 años murió atropellada por un patinete eléctrico en el que se desplazaban dos jóvenes en una calle de Esplugues de Llobregat (Barcelona).  De ahí que el gabinete de Maeztu no entienda “la permisividad que se produce al carecer de una regularización de estos vehículos que garantice el respeto de los derechos e intereses legítimos de las personas que transitan por los distintos viarios peatonales”.


Temas relacionados

para ti

en destaque