Alquilar viviendas sigue siendo un buen negocio

Grupo Cibeles explica con datos la rentabilidad de inversión que supone explotar una vivienda

Álvaro Gonzalo  y Alejandra Carreño, de Grupo Cibeles.
Álvaro Gonzalo y Alejandra Carreño, de Grupo Cibeles. La Voz
La Voz
08:24 • 26 feb. 2019 / actualizado a las 08:26 • 26 feb. 2019

Si usted tiene unos ahorros, va  a recibir una cantidad por herencia, por lotería o cualquier otro motivo, puede que esté pensando en invertir la cantidad en un inmueble para obtener rendimiento con el alquiler.



De promedio, en España, la rentabilidad  de una vivienda que se explota en alquiler es de 7,4 % anual (bruta), según publica el portal web idealista.com. Por hacer una comparativa con otros productos de inversión, la rentabilidad del bono del estado a 10 años es de 1,45 % según simulación de la web www.tesoro.es 



Para los que no estén familiarizados con estos términos, la rentabilidad es el coeficiente que se obtiene al dividir la cantidad que se obtiene de un inmueble por su arrendamiento durante un año, menos los gastos que se generan por el alquiler, entre el precio de adquisición del inmueble, aquí sumados gastos pues son un mayor precio de adquisición.



Según el estudio realizado por idealista, la rentabilidad varía según provincias. Según idealista.com nuestra provincia ocupa un merecido 4ª puesto en el ranking de rentabilidad, situándose por encima de otras provincias como Madrid, Barcelona o Valencia.



Visto los datos y estadísticas que maneja idelista.com, se estima que la inversión en vivienda para explotar en régimen de alquiler, es una buena inversión.



Para que el alquiler de la vivienda que hemos comprado como inversión, no se convierta en una pesadilla por impago de rentas o por un arrendatario  conflictivo, desde Grupo Cibeles aconsejan un buen asesoramiento



“En Grupo Cibeles ofrecemos un producto que está teniendo muy buena acogida en Almería, se trata de asegurar el cobro de la renta al propietario (servicio premium), de tal forma que, ocurra lo que ocurra, el propietario siempre recibirá la renta pactada, mientras el arrendatario esté en la vivienda”, explican.




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