Indultada una familia condenada por un fraude de 134.000 euros a Agroponiente

Un juzgado condenó a un matrimonio y su hija a dos años y seis meses por insolvencia punible

Ciudad de la Justicia de Almería
Ciudad de la Justicia de Almería La Voz
Javier Pajarón
07:00 • 21 feb. 2019

El Ministerio de Justicia ha publicado la concesión de la gracia de indulto a una familia almeriense condenada a dos años y medio de prisión por un fraude a la cooperativa agrícola Agroponiente S.A. El Juzgado de lo Penal número Cinco de Almería condenó a J. G., M. M. y M. G. (un matrimonio y su hija) por un delito de insolvencia punible cometido entre los años 2012 y 2013.




El Gobierno elimina seis meses de las condenas para evitar la entrada en prisión de los acusados, “a condición de que no vuelvan a cometer delito doloso en el plazo de tres años”, según el Real Decreto publicado a finales de enero. Justicia no ofrece detalles sobre las razones del indulto.




Según la sentencia judicial, consultada por LA VOZ DE ALMERÍA, el agricultor J. G. tenía “dificultades económicas” y suscribió con Agroponiente S.A. “un reconocimiento de deuda por importe de 109.283,57 euros, derivada de los productos suministrados y no abonados”. “Acordó que la mercantil le concediera crédito para atender los pagos (...) mediante anticipos a cuenta de los suministros y entrega por el acusado de géneros en especie para saldar la deuda”, continúa la resolución. “El acusado adeudaba a la mercantil querellante la cantidad de 134.801,89 euros”.

Insolvencia
Los acusados no pudieron hacer frente a los pagos a Agroponiente S.A. y se abrió entonces un proceso para la reclamación de las  cantidades.  
Sin embargo, el tribunal fue más allá y consideró que existía un delito cuando el matrimonio y su hija crearon dos nuevas empresas “para evitar el cobro  mediante la traba y embargo de sus fincas en los futuros procesos judiciales”.




La actuación se hizo “a sabiendas de que por su situación económica no podía hacer frente a la deuda reconocida”. “A la querellante no le fue posible llevar a cabo en las ejecuciones judiciales mencionadas, la traba y el embargo de las fincas descritas, no habiendo cobrado el importe total adeudado a la misma por el acusado, ascendiente a la cantidad de 134.801,89 euros”.




En la sentencia del Juzgado de lo Penal número Cinco de Almería, cuyo titular era el magistrado Manuel Rey, no incluye referencias a la petición de indulto, que se tramitó al Ejecutivo posteriormente. El Ministerio aprueba ahora esa solicitud para hacer más justa la sentencia.




El BOE solo recoge los indultos concedidos desde el año 1996. En estas dos décadas los distintos gobiernos nacionales han aprobado la concesión de la amnistía a 48 personas penadas en la provincia de Almería. El último indultado data de julio de 2013. Juan A. V., veinteañero y sin antecedentes penales, participó en un pelea entre muchachos a las puertas de una cafetería en el centro de la capital. Durante la riña mordió a un chico de 23 años y le arrancó una parte de la oreja.




Juan A. V. fue acusado de un delito de lesiones dolosas y condenado a tres años de prisión. El propio magistrado Juan Ruiz-Rico consideró desproporcionada la condena. “Atendidas las circunstancias concretas y sin perjuicio del reproche que la conducta del acusado merece con la pena prevista en el Código Penal, se revela como desproporcionada por exceso”, señaló el ponente en la sentencia.




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