¿Tiene que pagar Deportes por usar el EGO?

El último informe aprobado en la Junta de Gobierno Local dice “inequívocamente” que sí

Vista exterior del centro deportivo que se gestiona por una concesión.
Vista exterior del centro deportivo que se gestiona por una concesión. La Voz
Lola González
07:00 • 15 jun. 2018

¿Tiene que pagar el Patronato de Deportes las tasas previstas para utilizar las instalaciones del Ego Sport Center? Esa pregunta y la duda razonable de si el propio Ayuntamiento de Almería tiene que hacer frente al pago de las tasas que la concesión administrativa que gestiona el Centro Deportivo de Las Almadrabillas ‘Ismael Moratón’ y el Pabellón Municipal de Deportes de Pescadería tiene estipuladas para ejercer actividades en sus centros lleva sobre la mesa desde el año 2010 cuando se realiza la concesión y regresaba hace unos días a la Junta de Gobierno Local.




Lo cierto es que el 24 de abril de 2015 en este mismo órgano, la Junta de Gobierno, se desestima el pago de estos servicios correspondientes a los años 2012, 2013 y 2014 porque se entiende que la cláusula 7 del contrato de la concesión estima como “una obligación del concesionario” el prestar el servicio y consideran que el Ayuntamiento no tiene que pagar por este uso. Por tanto, se sienta un precedente.




Pero realmente, a pesar de esa determinación, desde septiembre de 2015 desde el Patronato de Deportes se han ido realizando pagos por cada uno de los eventos organizados allí, con lo que en marzo de este año surge la duda, ¿hay o no hay que pagar por realizar los servicios?




Ante la duda se solicitaba un informe al director en funciones del Patronato de Deportes en el que concluye que “la Administración Pública está obligada inequívocamente al pago por el uso de las instalaciones concesionadas  por ser un derecho de la concesión y una obligación de la Administración de procurar el equilibrio económico de la misma”.




Justificación
Y es que en el contrato de la concesión la única referencia que se hace a las instalaciones deportivas por parte del Ayuntamiento para el objeto de las actividades deportivas se recoge en el punto 7 y éste muestra la obligación del ente municipal de avisar con un tiempo mínimo del uso de las mismas pero nada dice de estar exentos de las tasas ni establece ninguna diferenciación con el resto de usuarios, con lo que, se aboga por el pago.



También se paga a otras concesiones
Dentro del informe emitido por el Patronato Municipal de Deportes se explica que estos pagos por el uso de las instalaciones “son habituales en relación con el uso de instalaciones concesionadas para programadas propios, tal y como viene produciéndose también desde el inicio de la explotación con la otra concesionaria de instalaciones de la ciudad que gestiona el CDM ‘Distrito 6’, el Pabellón ‘José Antonio Segura’ y el CDM Rafael Florido”.




Por tanto parece que lo normal es que se pague por el uso de las instalaciones.




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