Educación especial y modalidades de escolarización en Andalucía

La Formación Básica de carácter obligatorio comienza a los 6 años de edad

La modalidad de escolarización se recoge en el Dictamen de Escolarización, que se obtiene tras una Evaluación Psicopedagógica.
La modalidad de escolarización se recoge en el Dictamen de Escolarización, que se obtiene tras una Evaluación Psicopedagógica. La Voz
Rosa Díaz
12:31 • 28 ago. 2022

La escolarización de los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales se lleva a cabo, preferentemente, en los centros educativos ordinarios. Solo se escolarizan en centros específicos de educación especial aquellos que presentan trastornos graves de desarrollo, retraso mental grave o profundo, o afectados por plurideficiencias.



Este alumnado se escolariza preferentemente en los centros educativos ordinarios, en un grupo ordinario a tiempo completo, en un grupo ordinario con apoyos en períodos variables o en un aula de educación especial, o en centros específicos de educación especial cuando, por sus especiales características o grado de discapacidad, requiere adaptaciones significativas y en grado extremo en las áreas del currículo que les corresponde por su edad y se considera que no sería posible su adaptación e integración social en un centro escolar ordinario.



Las enseñanzas que se impartan en aulas o en centros específicos de educación especial, se organizan en un período de Formación Básica de carácter obligatorio y en un período de Formación para la Transición a la Vida Adulta y Laboral.



El período de Formación Básica de carácter obligatorio tiene una duración mínima de 10 años, comienza a los 6 años de edad y puede extenderse hasta los 18 años de edad cuando a juicio del equipo educativo esta medida permite la consecución de los objetivos previstos en la adaptación curricular individualizada.



Este periodo se estructura en ciclos y el diseño del currículo se organiza en torno a tres ámbitos de experiencia y desarrollo: el conocimiento corporal y la construcción de la identidad; el conocimiento y la participación en el medio físico y social; y la comunicación y el lenguaje. Estos ámbitos toman como referentes los currículos correspondientes a la educación infantil y a la educación primaria, en sus diferentes ámbitos y áreas, pudiendo dar cabida al desarrollo de las capacidades de la educación secundaria obligatoria, de acuerdo con las posibilidades y las necesidades educativas de cada alumno o alumna.



El período de Formación para la Transición a la Vida Adulta y Laboral tendrá una duración máxima de cuatro cursos, pudiendo comenzar a los 16 años y prolongarse hasta los 20. Las enseñanzas que se impartan en este período son los Programas de Formación para la Transición a la Vida Adulta y Laboral y se organizan en ámbitos de experiencia que permiten la máxima contextualización de los aprendizajes, incluyendo, al menos, aquéllos que contribuyen a desarrollar las capacidades de autonomía personal en la vida diaria, la integración social y comunitaria y la orientación y formación laboral. 



Además, existen una serie de medidas y recursos específicos dirigidos al alumnado con otras necesidades específicas educativas, como dificultades del aprendizaje, altas capacidades intelectuales o que precise de acciones de carácter compensatorio, así como las Becas y ayudas para educación especial. Puedes conocer más sobre la Educación Especial en Andalucía en el portal de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional



¿TE HA GUSTADO ESTA NOTICIA?

Entonces no puedes dejar de recibir nuestra newsletter semanal con un resumen de la información útil para los peques de Almería. Haz clic aqui para suscribirte. Selecciona PEQUEALMERIA y sigue los pasos, recibirás en tu correo el boletín.  Si no recibes el correo, revisa tu carpeta de spam





Temas relacionados

para ti

en destaque