Mojácar

Maui Beach desafía la orden de clausura del Ayuntamiento

El grupo ha presentado un recurso de reposición que debe resolverse antes del cierre del local

Maui Beach es uno de los chiringuitos de moda más famosos de Mojácar.
Maui Beach es uno de los chiringuitos de moda más famosos de Mojácar. La Voz
F. Moldenhauer / La Voz
12:03 • 16 ene. 2020 / actualizado a las 15:08 • 16 ene. 2020

El chiringuito Maui Beach ha desafiado la resolución de clausura emitida por el Ayuntamiento de Mojácar esta mañana, asegurando que abrirán el 1 de febrero, tal y como estaba previsto, según aseguró el dueño del grupo propietario, Luis Rubia Ascasibar.



Se trata de la reacción de los representantes de uno de los principales clubs de ocio de la playa de Mojácar, después de que el Ayuntamiento adelantara en un comunicado la sanción administrativa por la que se decretaba el cierre del establecimiento durante dos años y se le imponía una multa de 20.000 euros por una "infracción grave", tras la "infinidad de denuncias de vecinos y comunidades por el ruido, las molestias así como por la suciedad", que se generan en el local.



Ramón Ruiz Medina, abogado de Rubia Ascasibar S.L., grupo propietario del chiringuito, ha considerado en declaraciones a la Cadena SER que la resolución por la que se exige el cierre del chiringuito Maui Beach es "nula de pleno derecho" al estar llena, según explicó, de "irregularidades".



A causa de estas, el grupo ha presentado un recurso de reposición ante la resolución, por lo que según el letrado el Maui es en la actualidad y hasta que la jurisdicción contencioso-administrativa se pronuncie sobre el mismo, "un establecimiento abierto al público con toda la legalidad".



Irregularidades manifiestas



La primera de las irregularidades que denuncian, según sostuvo el que también es portavoz circunstancial del grupo, es que "en este tipo de procedimientos el tiempo máximo de tramitación, resolución y notificación de la resolución es de un año", motivo por el cual la defensa considera que el expediente en el que se basa la misma, iniciado en noviembre de 2018, está caducado y no es válido.



Además, según afirmó su abogado, el Ayuntamiento inició su procedimiento administrativo sancionador contra la entidad Hermanos Rubia Ascasibar comunidad de bienes y no contra “la entidad titular de la explotación del negocio, una sociedad que se llama Rubia Ascasibar S.L."



Siempre según las declaraciones del letrado, cuando los propietarios tuvieron noticia de esto “se realizó un escrito de alegaciones por parte de la comunidad de bienes y al mismo tiempo se puso de manifiesto por la sociedad limitada que eran ellos los explotadores del negocio y que en consecuencia se les tuviera por persona en el procedimiento”.


Sin embargo, según denuncia, el Ayuntamiento no habría modificado a la entidad objeto del proceso sancionador, impidiéndoles que presentaran pruebas y alegaciones, algo a lo que tiene derecho “cualquier parte presuntamente sancionada, según el derecho administrativo”. Una maniobra que entra en contradicción con la resolución final del proceso, que “sí que se dirige contra Rubia Ascasibar S.L. a la cual no se le ha dado pie para que emita alegaciones ni proponga pruebas”. Además, el abogado acusa también el “cambio del instructor y el secretario” durante el procedimiento sin notificárselo a la defensa, algo que “contraviene los más mínimos principios del derecho sancionador”. 


Finalmente y según la posición de la defensa, todo este proceso sería una "represalia", en palabras del abogado, por la oposición constante del establecimiento a la realización de uno de los proyectos estrella del Ayuntamiento: la construcción del paseo marítimo, que según el abogado en los planes del Ayuntamiento pasaba por la desaparición del Maui y cuya construcción la defensa del grupo ha paralizado ya en dos ocasiones.










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